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Nacional

27 de Noviembre de 2023

Revisa si eres vocal de mesa para el plebiscito constitucional 2023 y cómo excusarte en caso de serlo

Vocal de mesa / Servel Foto: Agencia Uno

El Servicio Electoral (Servel) publicó el pasado sábado 25 de noviembre la lista de los vocales de mesa designados para el próximo proceso electoral. El proceso para excusarse comprende solamente dos días.

Por The Clinic

Son poco menos de tres semanas las que restan para que se concrete el plebiscito constitucional del 17 de diciembre. Para esta oportunidad, los ciudadanos deberán responder a la pregunta “¿está usted a favor o en contra del texto de Nueva Constitución?“, las cuales se podrán responder por las alternativas “A favor” o “En contra“.

Tras más de ocho meses de trabajo, el Consejo Constitucional -y la Comisión Experta– diseñaron una propuesta de Carta Magna, la que se pondrá a escrutinio de los ciudadanos en las próximas semanas. Para lo mismo, el Servicio Electoral (Servel) ya designó los vocales de mesa, quienes deberán atender su labor en este plebiscito, que es de carácter obligatorio.

¿Cómo saber si soy vocal?

Para saber si fue seleccionado como vocal de mesa, sólo debe acceder al sitio de consultas del Servel e ingresar su RUT, sin puntos y con guión. Una vez ingresados sus datos, se desplegará una ficha con sus datos electorales.

En esos datos electorales podrá saber cuál es su local de votación. Más abajo podrá conocer las designaciones, ítem que permite saber si fue designado vocal de mesa para esta elección.

¿Cómo me excuso de ser vocal de mesa?

Los días para excluirse de la elección comprenden entre el 27 y el 29 de noviembre. El trámite deberá realizarse en la Junta Electoral correspondiente al domicilio electoral del vocal de mesa convocado.

Además, sólo se pueden excusar quienes presenten algunas de las siguientes causales como motivo de inasistencia:

  • Tener o ser mayor a 70 años.
  • Embarazadas (se necesita acreditación mediante documento extendido por el recinto de salud o certificado médico).
  • Madres o padres con hijos menores a dos años (se requiere certificado de nacimiento).
  • Cuidador de adultos mayores o personas con necesidades especiales.
  • Estar ausente en el país o en alguna localidad lejana a 300 km del local de votación designado.
  • Encontrarse física o mentalmente imposibilitado de ejercer de vocal de mesa, de acuerdo a un certificado médico.
  • Ser trabajador hospitalario los mismos días que se desempeñan las elecciones.
  • Estar en las causales de inhabilidad de la ley 18.700.
  • Realizar otras acciones amparadas en la ley 18.700.

Tras ser presentada la solicitud, el próximo 2 de diciembre los Secretarios de Juntas Electorales publicarán las nuevas nóminas con los vocales de mesa reemplazantes. Estos últimos no podrán excusarse de cumplir la función.

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