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Política

17 de Diciembre de 2023

Vocal de mesa: ¿Sabías por qué te toca serlo tantas veces seguidas? Aquí, lo que dice la ley

Vocal de mesa Imagen referencial - Agencia Uno

Según la ley, cuando alguien es elegido como vocal de mesa, debe cumplir ese rol por los cuatro años siguientes, independiente del número de elecciones que se realicen.

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Hace tres semanas, Benjamín Palomino revisó la página del Servicio Electoral (Servel) y se encontró con algo que pensó que era broma. Había sido designado como vocal de mesa por octava vez consecutiva. Tenía la esperanza de que, esta vez, no le tocara ejercer ese rol en el Plebiscito de salida.

“Estoy esperando que el Servel me mande el contrato”, bromeó el joven en conversación con 24 Horas de TVN. “Espero llegar hoy día a ser vocal de mesa, darme la mano con las personas del Servel y hacer una entrevista de trabajo”, añadió.

Su caso, claramente, no ha sido el único. A través de las redes sociales, distintos usuarios afirman que han sido nominados para ser vocales en un promedio de seis de las ocho elecciones que han tenido lugar a partir de 2020. Esto ha abierto la discusión de cuántas veces una persona puede ser designada para esa labor.

¿Cuántas veces puedo ser vocal de mesa? Lo que dice la ley

La Ley 18.700 establece que si un ciudadano es designado como vocal de mesa, deberá ejercer esa labor por un periodo de cuatro años, en todas las elecciones que se realicen. “Los vocales designados por las juntas electorales para las mesas receptoras ejercerán dicha función durante cuatro años, actuando en todos los actos eleccionarios o plebiscitarios que se verifiquen hasta antes de la próxima elección ordinaria para la cual fueron designados”, según el artículo 52.

Así, si una persona fue vocal de mesa para el Plebiscito de 2020, y ha desempeñado esa labor en los siguientes comicios, puede ser designado tanto para esta elección como para las que se den en 2024.

Al igual que el voto, la función del vocal de mesa es obligatoria, aunque existen causales para excusarse. Algunas son la edad, una imposibilidad física o mental, la ausencia del país, entre otras. Pero en caso de no excusarse, se arriesga una multa que va entre las 2 y las 8 UTM. Esto es, entre $128.432 y $513.728.

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