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Ley Karin

Nacional

1 de Agosto de 2024

Burlarse, imitar o terror telefónico: las 18 conductas que la Ley Karin 2024 busca castigar en el trabajo

La Ley Karin 2024 resalta entre sus conductas consideradas delitos laborales el burlarse, imitar o separar de sus compañeros a un trabajador.

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Este jueves 1 de agosto comenzó a regir en Chile la ley Karin, iniciativa que busca prevenir el acoso laboral, sexual y violencia en el trabajo.

Esta medida que llega a modificar el Código del Trabajo precisa que el delito no se comete sólo dentro de la relación entre jefe y subordinado.

Es decir, el mal actuar también se podría considerar delito dentro del vínculo entre compañeros de trabajo.

Dentro de las grandes diferencias entre la Ley Karin y la antigua legislación está el que antes era necesario que los hostigamientos fueran reiterados para ir considerándolos un delito.

En esta línea, ahora basta con que ocurran los actos ilícitos solo una vez para que puedan ser denunciados.

En cuanto a las labores de las empresas en este sentido, está el que deberán generar protocolos de prevención de violencia y acoso en el trabajo. Además, deben ser informados y conocidos por absolutamente toda la organización.

En tanto, deberán implementar un canal que recoja todas las denuncias para ser investigadas.

Las 18 conductas clave que serán delitos, según la Ley Karin:

1.- Separar a un trabajador de sus compañeros cambiándolo de lugar.
2.- Obligar a alguien a realizar labores en contra de su conciencia.
3.- Asignar tareas degradantes a un trabajador.
4.- Restringir a un subordinado las posibilidades de hablar.
5.- No asignar tareas a un trabajador o asignarle tareas por debajo de sus capacidades.
6.- Cuestionar injustificadamente las decisiones de un trabajador.
7.- Juzgar el desempeño de un trabajador de forma ofensiva.
8.- Prohibir a los compañeros que hablen con una determinada persona.
9.- Dejar en ridículo a un trabajador.
10.- Tratar a un trabajador como si no existiera.
11.- No establecer comunicación directamente con un trabajador.
12.- Asignar tareas con datos erróneos a un trabajador.
13.- Insinuar que un trabajador tiene problemas psicológicos.
14.- Criticar reiteradamente la vida privada de un trabajador.
15.- Terror telefónico realizado por el acosador.
16.- Burlarse de la vida privada de un trabajador.
17.- Burlarse de las discapacidades de un trabajador.
18.- Imitar de forma burlesca los gestos y voces de un trabajador.

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