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Infografía: Sandro Baeza

Negocios

15 de Noviembre de 2024

Los detalles de la nueva ley que obliga a las empresas de telecomunicaciones a informar sobre mejores ofertas

La nueva ley establece que, por ejemplo, si tengo un paquete de TV por cable básico contratado en 2021, por $25.000 mensuales, que incluye 50 canales, y en la compañía de telecomunicaciones existe otro que por el mismo valor -o menor- ofrece más capacidad, esto se debe informar. Lo anterior, además de proveer las condiciones para que el usuario pueda ejercer su derecho a cambio de plan sin que se le cobren multas o recargos por ello.

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Este viernes fue publicada en el Diario Oficial la norma que modifica la Ley del Consumidor y que busca establecer nuevos deberes y obligaciones para las empresas de telecomunicaciones en favor de los usuarios.

Vale mencionar que la Contraloría General de la República (CGR) tomó razón el lunes del decreto de ley N° 21.708.

¿En que consiste? En rigor, establece que todos los proveedores de servicios de telecomunicaciones estará obligados a informar a sus clientes -en la boleta o por correo electrónico- sobre la existencia de planes que sean objetivamente mejores para el usuario del que ya tiene. Esto es, uno o más servicios al mismo precio o a un valor inferior, o los mismos servicios a un menor precio.

De esta forma, el objetivo de la legislación es que los clientes conozcan mejor las opciones que tienen con sus compañías, para tomar una decisión informada.

Para ilustrar con ejemplos, si tengo un paquete de TV por cable básico contratado en 2021, por $25.000 mensuales, que incluye 50 canales, con la modificación publicada, podrían aparecer estos planes en boleta:

  • $25.000 con 100 canales y acceso a un canal deportivo adicional.
  • $22.000 con 50 canales y opción de streaming de películas gratis.
  • $20.000 con 50 canales.
  • $18.000 con 50 canales, con una suscripción básica de música incluida.

Este cambio en la ley a su vez define que las empresas deberán mantener actualizada la información de los planes y precios en sus plataformas, ya sea en su página web o en sus aplicaciones.

Lo anterior, además de proveer las condiciones para que el usuario pueda ejercer su derecho a cambio de plan sin que se le cobren multas o recargos por ello.

El director nacional del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Andrés Herrera, señaló que “esta reforma busca que, en el caso de clientes que tienen contratados los servicios con una determinada compañía, sea la misma compañía de manera proactiva, la que les informe cuáles son los planes objetivamente mejores, sus características técnicas y/o el precio de los mismos”.

Además, añadió que “por lo tanto acá, siendo una obligación permanentemente de las empresas, no pueden omitir información de planes más beneficiosos, porque eso va a significar una infracción a la Ley del consumidor”.

El Sernac ya ofició previamente a las principales compañías de telecomunicaciones del país: Movistar, Entel, Wom, Claro y VTR.

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