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Suspensión del concierto de Shakira
Foto: Francisco Paredes/ The Clinic

Tiempo Libre

3 de Marzo de 2025

¿Qué hacer como consumidor por la suspensión del concierto de Shakira? Experta explica pasos a seguir y Sernac oficia a la productora

De acuerdo con la abogada experta en derechos del consumidor, Betty Martínez, los consumidores afectados pueden iniciar demandas colectivas mediante la Asociación de Defensa de los Derechos de los consumidores o el Sernac. Según especialista y el mismo Sernac, los afectados pueden exigir compensaciones como devolución de tickets, y quienes tuvieron que viajar para el concierto pueden exigir una compensación mayor. El servicio puso un plazo máximo de 10 días a la productora para explicar cómo harán la compensación.

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La suspensión de los conciertos de Shakira, programados para el domingo 2 y lunes 3 de marzo, dejó a miles de fans desilusionados, y también enojados, considerando que muchos viajaron para presenciar el espectáculo que no se realizó por problemas técnicos, responsabilidad de la productora Fénix.

Si bien la empresa afirmó que será reprogramado, de momento no se han dado a conocer fechas.

Ante esto, el Servicio Nacional del Consumidor ya ejerció acciones, y ante las denuncias ingresadas por esta suspensión solicitaron a la productora a cargo a entregar detalles de la compensación para los consumidores afectados por la suspensión.

Pero paralelamente las personas que compraron acción pueden acudir a otras vías para exigir una compensación. Betty Martínez, abogada experta en derechos del consumidor y académica de la Universidad Finis Terrae, explica qué medidas pueden tomar los afectados ante la suspensión del concierto de Shakira.

En primer lugar, señala que todo consumidor puede dirigirse a un juez de policía local para demandar el incumplimiento o la infracción a alguna de las normas del estatuto de protección al consumidor. Esto, considerando que son varios los derechos que se pueden ver afectados por esta decisión.

Legalmente, explica la especialista, son cuatro los artículos de la ley del consumidor por los que pueden reclamar quienes compraron las entradas entre daños directos e indirectos. Así se puede apelar a una denuncia por la vía colectiva, y otra por la vía particular. Esto se puede realizar mediante la Asociación de Defensa de los Derechos de los consumidores, o ante el Sernac directamente.

“La vía colectiva es favorable cuando el consumidor no puede por sí mismo hacerse a las pruebas del daño moral. Sin embargo, por la vía particular, es posible que la indemnización corresponderá más a sus intereses particulares”, sostiene la especialista.

Los derechos vulnerados con la suspensión del concierto de Shakira

Betty Martínez explica que, en primer lugar, se vulneró el artículo 12 “que impone al proveedor la obligación de respetar los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales se hubiere ofrecido o convenido con el consumidor la entrega del bien o la prestación del servicio”.

De acuerdo con la experta “esta infracción, de ser probada, conduce a una “responsabilidad por incumplimiento” del proveedor (Art. 18) que da derecho al consumidor para la devolución del pago, en este caso, de los tickets para el concierto, o la restitución del servicio, entiéndase, derecho a asistir a la reprogramación (art. 19), según lo que más convenga al consumidor”.

Junto con esto “el consumidor puede también solicitar la indemnización de todos los daños directamente relacionados con la infracción (reparación integral Art. 3), esto es, daño emergente, lucro cesante y daño moral”, explica Martínez. Este punto es fundamental, ya que permite a personas que viajaron al concierto a reclamar mayores compensaciones.

Fans saliendo del Estadio Nacional frustrados por la suspensión del concierto de Shakira. Foto: Francisco Paredes.

Por daño emergente puede entenderse el costo del transporte o traslado hasta el evento, alojamiento y comidas. Por lucro cesante, dependiendo del caso, es lo que se dejó de ganar por razón de la infracción (por ejemplo si tuvo que dejar de trabajar). Y por daño moral, una estimación en dinero de lo que posiblemente representó la indignación para el consumidor (aunque este monto será estimado por el juez de manera subjetiva y conforme a cada situación específica)”, comenta la abogada.

Las medidas del Sernac

A horas de que se confirmara la suspensión del concierto de Shakira, el Sernac ofició a la productora para evaluar las compensaciones posibles.

En el organismo solicitó un plazo máximo de 10 días para que la productora y la tiquetera informen sobre cómo abordarán las compensaciones.

Esto considerando que no se trató de una cancelación por fuerza mayor, sino de fallas en la planificación y ejecución del evento. Esto “configura un posible incumplimiento de los derechos de los consumidores”, señalaron del Sernac.

Ante la suspensión el Sernac detalló que se puede exigir devolución del dinero pagado por las entradas, compensación por los perjuicios económicos adicionales, como pasajes, hospedajes y otros gastos en los que incurrieron para asistir al evento.

Los afectados pueden ingresar su reclamo en www.sernac.cl. En este se debe detallar el monto pagado por las entradas, la cantidad de personas afectadas por cada compra, los gastos adicionales (transporte, alojamiento, alimentación, etc.).

Con esto, el organismo puede tomar acciones contra quienes sean los responsables y buscará las justas compensaciones.

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