Ciudad
6 de Octubre de 2025Corte Suprema ordena al Minsal y Fonasa a financiar millonario medicamento para niña con cáncer
La Corte Suprema revocó la negativa del Ministerio de Salud y Fonasa y ordenó financiar el medicamento Qarziba para una niña de ocho años con neuroblastoma en etapa IV, reafirmando que las consideraciones económicas no pueden prevalecer sobre el derecho a la vida.
Compartir
La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago y ordenó al Ministerio de Salud (Minsal) y al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) pagar un millonario medicamento para una niña de ocho años con cáncer.
La madre de la menor recurrió a tribunales luego de que las instituciones de salud se negaran a otorgarle cobertura del medicamento Qarziba (dinutuximab beta), indicado para tratar el neuroblastoma alto riesgo etapa IV que padece la niña.
En dicha instancia, la recurrente sostuvo que, según informes médicos, el fármaco es esencial para el tratamiento post trasplante de médula ósea que recibió la niña y cuesta —incluyendo cinco ciclos, impuestos de importación e IVA— cerca de $200 millones.
Según el fallo, el hospital tratante solicitó formalmente el medicamento al Minsal “por constituir la mejor alternativa terapéutica disponible”. Sin embargo, “la autoridad sanitaria denegó injustificadamente la adquisición del referido fármaco, basándose en argumentos meramente formales, tales como que no se encuentra registrado en el ISP de Chile, no está incluido en la canasta de neuroblastoma, y su elevado costo”.
Por lo anterior, la madre de la menor aseguró que la negativa vulnera el derecho a la vida y otros derechos fundamentales de su hija y que la ausencia del fármaco “conduciría a una disminución significativa de las expectativas de sobrevida de la menor”.
El Minsal y Fonasa defendieron su postura señalando que el medicamento no está contemplado en las coberturas del sistema público y que no está registrado en el Instituto de Salud Pública. Añadieron que la evidencia científica sobre su efectividad es de baja certeza, lo que dificulta su inclusión. Además, subrayaron que su alto costo y su falta de priorización en los sistemas de cobertura vigentes hacen inviable su financiamiento.
Las resoluciones de los tribunales
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección, pues descartó un actuar ilegal o arbitrario por parte de ambos organismos públicos, que explicaron los motivos que les impiden otorgar la cobertura.
Sin embargo, la Corte Suprema revocó dicha decisión, al considerar que se ponía en riesgo el derecho a la vida y a la integridad física de la niña. Además, subrayó que las consideraciones administrativas y económicas no pueden prevalecer sobre el derecho a la vida.
Por lo anterior, el máximo tribunal ordenó que los organismos públicos “deberán realizar las gestiones pertinentes para la adquisición y suministro del fármaco (…), mientas así sea prescrito por el médico respectivo y/o equipo médico tratante, con el objeto que se otorgue en el más breve tiempo el tratamiento a la paciente con este medicamento”.



