Negocios
5 de Noviembre de 2025Duro golpe a Transbank: Suprema zanja disputa con CMF y ordena poner fin a su servicio de adelantamiento de cuotas a comercios
La Tercera Sala de la Corte Suprema respaldó la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que ordenó a la empresa Transbank terminar su servicio de adelantamiento de cuotas, tal como lo ha hecho con el resto de los operadores de tarjeta. Con esto, el máximo tribunal concluyó que la práctica excede el objeto social autorizado a la compañía.
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La Tercera Sala de la Corte Suprema respaldó la resolución de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) que ordenó a Transbank cesar su servicio de adelantamiento de cuotas.
De este modo, el máximo tribunal rechazó el reclamo de ilegalidad interpuesto por la empresa ante la Corte de Apelaciones de Santiago y concluyó que la práctica excede el objeto social autorizado a la operadora de tarjetas.
El fallo de la Tercera Sala explicitó que “el pronunciamiento se limita a los extremos del reclamo de ilegalidad deducido, esto es, al examen de la legalidad de la actuación de la CMF, sin realizar juicio alguno en relación con los efectos que lo decidido podría producir en el mercado en cuestión y en sus condiciones de libre competencia, materia que es de actual conocimiento de una sede distinta”.
Junto con ello, el tribunal precisó que su decisión no afecta la modalidad de “cuotas comercio”, cuya habilitación fue ordenada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) en 2022, sino que se refiere exclusivamente al nuevo negocio de adelantar flujos futuros a los comercios.
La disputa se remonta al año pasado, cuando el 10 de mayo de 2024, la CMF emitió un oficio ordenando a Transbank eliminar el servicio. La firma presentó una reposición, que fue descartada por el regulador, por lo que la empresa acudió a la justicia e interpuso un recurso en un tribunal de primera instancia.
El adelantamiento de cuotas permitía a Transbank pagar por adelantado a los comercios los montos futuros de ventas en cuotas sin interés, descontando una comisión. Según la CMF, esta práctica equivalía a una actividad de financiamiento, la que no está permitida dentro del objeto social de una sociedad apoyo al giro bancario, cuyo foco exclusivo es operar tarjetas de pago. Cabe consignar que la CMF le prohibió a todos los operadores de tarjeta entregar este servicio.
En Transbank aseguran que “respetamos la decisión de la Corte Suprema. Sin embargo, lamentamos ser el único actor del mercado que queda sin capacidad real de ofrecer este servicio, lo que no nos permite competir en igualdad de condiciones”.


