Con esta normativa de Amparo Minero también se suspenden los remates de concesiones de exploración y explotación en todo el país. Además, elimina la patente progresiva y establece nuevas rebajas para pequeños y medianos productores.
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Hoy se publicó en el Diario Oficial la nueva Ley N°21.853 de Amparo Minero con lo que entró en vigencia este jueves, y con ello, las medidas en favor de quienes adeudan el pago de las patentes mineras correspondientes a este año.
La norma establece la postergación hasta el 28 de febrero de 2027 del pago anual de las patentes mineras correspondientes a 2026, y con ello se suspenden los remates de concesiones de exploración y explotación en todo el país.
También fija la condonación de los recargos por mora o retraso asociados al pago de las patentes de este año -lo cual debe aplicar la Tesorería General de la República (TGR)-, y la posibilidad de efectuar convenios para cancelar las obligaciones en cuotas mensuales y sucesivas, con un plazo máximo de 12 meses.
Uno de los principales cambios de la legislación es la eliminación de la patente progresiva, cuyo cobro podía alcanzar hasta 12 UTM por hectárea. Se reemplaza por una tasa fija de 0,4 UTM por hectárea para las concesiones de explotación.
El biministro de Economía y Minería, Daniel Mas, señaló que “con la entrada en vigencia del nuevo régimen de patentes, estamos corrigiendo y simplificando una legislación que puso en riesgo el desarrollo de cientos de proyectos de la minería artesanal, pequeña y mediana a lo largo del país”.
La ley amplía las causales para acceder a una patente rebajada de 0,1 UTM por hectárea y elimina requisitos relacionados con parentesco y tipos societarios, y permitirá que este beneficio también pueda ser solicitado por arrendatarios y personas que exploten legítimamente una mina. La rebaja se mantendrá mientras el proyecto cuente con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) vigente o se encuentre en proceso de evaluación ambiental.
Se eliminaron algunas exigencias para acceder a esta patente rebajada como la de acreditar servidumbres, y se extiende la superficie que puede acogerse: de 50 a 100 hectáreas para la minería artesanal y de 100 a 150 hectáreas para los pequeños productores.
La mantención de la rebaja aumenta de dos a cinco años.
La aplicación de algunos de los cambios, específicamente los relativos al monto de la patente anual, las causales de rebaja y el nuevo régimen especial para titulares de hasta 500 hectáreas, quedarán sujetos a la publicación del reglamento del Código de Minería que establecerá las condiciones para acceder a estos beneficios.



