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Opinión

16 de Agosto de 2012

Columna: ¿Derechos humanos “de izquierda” y “de derecha”?

En respuesta a la “Radiografía al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)”, publicada por el Instituto Libertad y Desarrollo, la directora (i) del Centro de Derechos Humanos de la UDP escribió la siguiente columna de opinión en Ciper Chile. La autora indica que el estudio de LyD “funda sus argumentos en una lectura poco convincente que distingue entre derechos humanos conservadores o liberales, versus derechos humanos igualitarios o igualitaristas”. En su columna, rechaza esta división, que considera artificial, y valora la forma en que el INDH lleva a cabo la misión que se le ha encargado por ley.

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Columna de Judith Schönsteiner publicada en Ciper Chile

En respuesta a la “Radiografía al Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH)”, publicada por el Instituto Libertad y Desarrollo, la directora (i) del Centro de Derechos Humanos de la UDP escribió la siguiente columna de opinión. La autora indica que el estudio de Libertad y Desarrollo “funda sus argumentos en una lectura poco convincente que distingue entre derechos humanos conservadores o liberales, versus derechos humanos igualitarios o igualitaristas”. En su columna, rechaza esta división, que considera artificial, y valora la forma en que el INDH lleva a cabo la misión que se le ha encargado por ley.

Hace casi 20 años, una conferencia intergubernamental adoptó la Declaración y el Programa de Acción de Viena, donde se dio por superada la división artificial que se había creado entre derechos civiles y políticos, por una parte, y derechos económicos, sociales y culturales (DESC), por la otra. El documento reafirmó la lógica de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 que contempla derechos de ambas “categorías”, sin distinción. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre tiene la misma estructura. Si la división de los derechos en dos categorías, supuestamente vinculados a la “izquierda” y “la derecha”, fue producto de la guerra fría, dejarla atrás implica el abandono de esta distinción artificial que ha servido para mermar la fuerza normativa o las garantías asociadas a los DESC. Los Estados soberanos del mundo se dieron cuenta de esto ya en 1993, dejando en claro que los derechos humanos son “universales, indivisibles e interdependientes” (Declaración y Programa de Acción de Viena).

En ese contexto, la reciente “Radiografía al Instituto Nacional de Derechos Humanos” (INDH), realizada por Libertad y Desarrollo, funda sus argumentos en una lectura poco convincente que distingue entre derechos humanos “conservadores” o “liberales”, versus derechos humanos “igualitarios” o “igualitaristas”. Por contraste, en la actualidad, el derecho internacional de los derechos humanos busca garantizar a mayorías y a minorías el goce de sus derechos, ponderando los diferentes intereses que pueda haber en una sociedad pluralista que requiere encontrar fórmulas de convivencia en este pluralismo de facto. Dos ejemplos actuales: el derecho a la libertad religiosa beneficia a la religión tradicional tanto como a la religión minoritaria e, incluso, al agnosticismo y al ateísmo; por otra parte, cabe recordar que el principio de igualdad es uno de los principios rectores de nuestra Constitución, de modo que en su núcleo pueden contemplarse demandas como la lucha en contra de la discriminación por orientación sexual o identidad de género, pero también remedio a la discriminación centenaria hacia los pueblos indígenas.

El INDH no selecciona una agenda o línea de investigación arbitraria en base a si los derechos son “conservadores”, “liberales” o “igualitaristas”. Solamente se ocupa de aplicar estándares internacionales libremente adoptados por Chile, cotejarlos con la realidad chilena, que observa diversos déficits justamente en estas materias, comparándolas con las obligaciones de derecho internacional que el Estado de Chile ha contraído. En su calidad de órgano autónomo, el INDH se encarga de transmitir y recomendar al Estado de Chile cuáles son los avances que debiera realizar en las áreas más sensibles o vulnerables. De hecho, estos enfoques se condicen con las observaciones que otros Estados hicieron a Chile en el marco de la última Evaluación Periódica Universal en el Consejo de Derechos Humanos de la ONU.

Leer columna completa en CiperChile

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