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Nacional

1 de Mayo de 2014

Unilever acuerda eliminar malas prácticas con la competencia para evitar multas

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó un acuerdo conciliatorio entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la empresa Unilever Chile S.A. en el contexto del requerimiento presentado el 03 de abril de 2013 por un presunto abuso de su posición de dominio por parte de la compañía, mediante prácticas exclusorias en […]

UPI / The Clinic Online
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó un acuerdo conciliatorio entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la empresa Unilever Chile S.A. en el contexto del requerimiento presentado el 03 de abril de 2013 por un presunto abuso de su posición de dominio por parte de la compañía, mediante prácticas exclusorias en el mercado de detergentes para lavado de ropa, con sus Marcas OMO, Drive y Rinso.

Al acuerdo han adherido las empresas Canada Chemicals S.A., Industria Química Brillex S.A. y Ecotec S.A.; Industrias Cleaner Chile S.A.; Miguel Maritano Industria De Jabones S.A.; ICPC S.A.; Comercial Aportas S.A., Prosud S.A. y Procter & Gamble Chile Limitada, las que comparecieron en el proceso ante el TDLC en su calidad de proveedores de detergentes.

Según se informó desde la FNE, para llegar al acuerdo, Unilever asumió diversas obligaciones que constituyen una modificación de sus prácticas comerciales en la distribución y comercialización de sus productos, todo ello con el fin que terceros actores – fabricantes e importadores de otras marcas de detergentes – cuenten con mayores posibilidades para la distribución y exhibición efectiva de sus productos, con el consecuente beneficio para los consumidores de contar con mayores alternativas en los distintos puntos de venta.

La amplitud del acuerdo importa que las obligaciones contraídas por Unilever no se limitan al mercado de los detergentes, sino que abarcan otras categorías adicionales de productos de consumo masivo.

“Unilever dejará sin efecto cualquier acuerdo o incentivo destinado a la exclusividad de venta con cualquier canal de distribución, lo que incluye tanto a supermercados como a mayoristas y submayoristas del denominado ‘canal Tradicional’. Del mismo modo, Unilever no podrá ofrecer en el futuro ningún incentivo, descuento o premio que tenga como objeto establecer la exclusividad de venta en las marcas de Unilever”, detalló la FNE.

Además la empresa se comprometió a no aplicar ni financiar incentivos, premios o descuentos a sus distintos clientes, condicionados al cumplimiento de metas de venta que tengan el carácter de retroactivo.

También, entre otras disposiciones, durante el lapso de 3 años, no podrá pactar, realizar pagos ni ofrecer descuentos para la exhibición de sus productos en las góndolas de los centros de distribución (por ejemplo, supermercados), a fin de hacer uso de un espacio superior al 90% de su participación de mercado. Una vez cumplido ese plazo, Unilever se obliga a no pagar, pactar ni ofrecer descuentos por espacios en góndola superiores a su participación de mercado en las categorías de productos que comercializa.

Las partes convinieron amplias medidas de publicidad del acuerdo, así como el establecimiento de un manual de buenas prácticas para los reponedores en los puntos de venta.

Unilever reportará anualmente la forma de acatamiento de las obligaciones contraídas, debiendo avalar su informe mediante un consultor externo, a fin de que la Fiscalía Nacional Económica fiscalice su estricto cumplimento.

El acuerdo tendrá una vigencia de 10 años, salvo en lo relativo a la prohibición de exclusividades, que tendrá carácter indefinido.

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