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La Convención

12 de Julio de 2021

¿Qué se puede aprender de los procesos constituyentes anteriores?: Lo que ocurrió en 1833, 1925 y 1980

Una ruptura con las estructuras previas, el cuestionamiento sobre los límites del presidencialismo y la mantención de un Estado con rasgos unitarios son algunas de las principales características de las otras Cartas Magnas chilenas, analizadas en el libro “Constituciones chilenas de 1833, 1925 y 1980: historias, instituciones y debate constituyente”. Aquí, sus autores miran con esa perspectiva el actual proceso constituyente.

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Mientras el proceso constituyente acaba de empezar y tiene un desenlace abierto, algunos expertos han planteado la necesidad de mirar hacia el pasado. De hacer un repaso a las historias y a los debates que se generaron durante la redacción de otras Cartas Magnas que tuvo Chile.

Es el caso del libro “Constituciones chilenas de 1833, 1925 y 1980: historias, instituciones y debate constituyente” (RiL Editores, 2021), de los abogados Rodrigo Obrador Castro y Karen Orrego Olmedo y del doctor en Historia Pablo Rubio Apiolaza, que realiza un análisis histórico, politólogo y jurídico de los procesos anteriores.  

“La revisión histórica resulta significativa en una proyección del porvenir”, comentan los autores a The Clinic. Según ellos, la perspectiva de un país que no puede mirar hacia el futuro si no está atento al presente o carece de conocimientos acerca de su pasado “resulta necesaria para una sociedad que busca enfrentar desafíos como los propios de la llamada industria 4.0, la ampliación de los derechos sociales, la descentralización, el cambio climático, entre otros”.

Obrador, Orrego y Rubio comentan que en el contexto del proceso constituyente actual “se ha instalado la idea de que la redacción de la nueva Carta Fundamental debe abordarse desde una ‘hoja en blanco’”. No obstante, estiman que el desafío de elaborar una nueva Constitución “implica lograr un acuerdo bajo ciertas condiciones de diálogo, donde debe prevalecer la argumentación racional y pública que atienda los retos presentes con una proyección de futuro, pero sin desconocer la experiencia comparada del constitucionalismo ni los diversos procesos previos de reflexión y transformación constitucional que se han desarrollado en nuestro país en diferentes momentos”.

El desafío de elaborar una nueva Constitución “implica lograr un acuerdo bajo ciertas condiciones de diálogo, donde debe prevalecer la argumentación racional y pública que atienda los retos presentes con una proyección de futuro”, afirman los autores.

Pero ¿qué historias hay detrás de las constituciones anteriores? Aquí algunos de sus principales aspectos.

Rupturas

Las tres constituciones analizadas dan cuenta de un intento de romper con estructuras anteriores a raíz del contexto que se vivía. La Carta Magna de 1828 era blanco de una serie de críticas, entre ellas, la falta de una definición de la forma de gobierno y la desproporcionada distribución del país en ocho provincias. Eso dio paso a la escritura de la Constitución de 1833, cuando Chile venía saliendo del proceso independentista y estaba conformando un Estado moderno acorde a los requerimientos de la época. Esa Carta Fundamental, entre otras cosas, dio mayores atribuciones al Poder Ejecutivo sobre el Legislativo, con un mandato que duraba cinco años con reelección.  

Sin embargo, durante la Constitución de 1833 la sociedad chilena experimentó el paso de una sociedad tradicional de cuño colonial a una moderna, en la que se modificó la correlación de fuerzas, con el surgimiento de una clase obrera y media con expresión política autónoma. La debilidad del sistema económico primario-exportador basado en el salitre también generó la sensación de malestar social: aumentaron los movimientos migratorios, la extrema vulnerabilidad y la dependencia de otros mercados. La sensación de que la economía no beneficiaba a las grandes mayorías se fue instalando como uno de los principales ejes de discusión.

Esto explica, en parte, la presión social por una nueva Constitución, acorde a los tiempos del siglo XX. El resultado fue la Carta Magna de 1925, que garantizó algunos derechos sociales y determinó la separación definitiva entre la Iglesia y el Estado.

Ya la controvertida Constitución de 1980, consistió en dar un marco normativo a una dictadura militar que pretendía refundar el orden económico y político, enmarcado en un contexto de enfrentamiento ideológico propio de la Guerra Fría.

Según los autores, en la actual discusión habrá mayor participación ciudadana.
Crédito: Agencia Uno.

Por otra parte, el nivel de información y educación ciudadana actual suponen una ruptura importante con lo que se vio en los procesos anteriores. “Hacia 1833 por ejemplo, no existía el sufragio universal masculino en ningún país –ni pensar en la participación femenina-, en cambio en los 2000 ningún actor político relevante podría cuestionar el sufragio universal. Durante la gestación de la Constitución de 1980, la existencia de una dictadura militar que cerró los espacios democráticos impidió la participación y la deliberación ciudadana. En el proceso actual que comenzó el 18 de octubre de 2019, todas esas variables quedaron atrás, por lo cual la participación ciudadana se prevé mucho mayor que en las discusiones constitucionales anteriores”, dicen los autores.

Continuidades

Los autores del texto expresan que no solamente las rupturas, sino también las continuidades entre las tres constituciones anteriores son significativas.

Los tres procesos tienen semejanzas porque las tres Cartas Magnas prácticamente se consideran como la imposición de un orden político ‘desde arriba’, careciendo de deliberación democrática y participación, aunque en 1833 y 1925 no existían prácticamente las democracias como las entendemos ahora”, comentan.

“En el proceso actual que comenzó el 18 de octubre de 2019 la participación ciudadana se prevé mucho mayor que en las discusiones constitucionales anteriores”, dicen los autores.

“Los tres procesos comparten también la formación de ‘comisiones’, o grupos de expertos –designados por la autoridad de turno- quienes discutieron el proceso bajo ciertas limitaciones. Existen muchas diferencias con el proceso actual, por ejemplo, en el ámbito de la participación y la composición de la Convención Constitucional”, agregan.

Anteriormente, las instancias estaban integradas por personas designadas para el trabajo de redactar una nueva Carta Fundamental, normalmente alineadas con el gobierno de turno impulsor de la tarea. En esos espacios se generaba un rol preponderante de ciertos actores que, por su conocimiento en las materias o por el rol que se les había asignado, destacaban en el desarrollo de las sesiones y actuaban, en muchos casos, como resolutores de los puntos más conflictivos. En ese sentido, destacan el rol de Mariano Egaña y Manuel José Gandarillas en 1833; el del Presidente Arturo Alessandri y de su ministro José Maza en 1925; y el del abogado Jaime Guzmán en 1980.

“Conocer a los protagonistas resulta fundamental, en el entendido que quienes redactan estas constituciones son personas con intereses, anhelos y propuestas ideológicas concretas”, comentan los autores. “En los tres procesos estudiados en el libro están representados miembros de la clase política del momento, tanto civil como militar. Actualmente, sin embargo, actores como los pueblos originarios, las mujeres y los independientes, podrían tener un papel protagónico mucho mayor que, por ejemplo, los partidos políticos más tradicionales”, agregan.

Otra de las continuidades ha sido la mantención de un régimen presidencial y de un Estado con rasgos unitarios en las tres constituciones anteriores.

Crédito: Agencia Uno.

“En los tres procesos estudiados en el libro están representados miembros de la clase política del momento, tanto civil como militar. Actualmente, sin embargo, actores como los pueblos originarios, las mujeres y los independientes, podrían tener un papel protagónico mucho mayor que, por ejemplo, los partidos políticos más tradicionales”, agregan.

Asimismo, uno de los aspectos más permanentes en la tradición constitucional chilena ha sido el bicameralismo como fórmula adoptada para la conformación del Parlamento. “Este punto, que ha sido bastante estable en el correr de los años es posible que en el actual proceso constituyente sea materia de debate y se considere, por ejemplo, un bicameralismo corregido, que ponga énfasis en la representación regional y territorial de la segunda cámara o que incluso pueda llegar a optarse por una estructura de Congreso unicameral”, dicen Obrador, Orrego y Rubio.

Otro tema permanente es la iniciativa de ley, que desde la Constitución de 1833 hasta la actual ha establecido tres sujetos: Senado, Cámara de Diputados y Presidente de la República. Hay una tendencia, a lo largo del tiempo, de una expresión democrática representativa poco permeable a la incorporación de figuras propias de una democracia más participativa. No es posible observar en nuestra historia constitucional la adopción decidida de, por ejemplo, la iniciativa popular de ley ni el referéndum o el plebiscito.

Sin embargo, los autores consideran que, en el actual debate, “es bastante posible que se considere la necesidad de incorporar nuevos actores, particularmente la iniciativa popular de ley, atendidos los tiempos que corren, donde la participación ciudadana a través de herramientas concretas parece ser fundamental”.

Debates cíclicos

Los temas que se debatieron en las constituciones anteriores, sus argumentos y contraargumentos, fueron cíclicos. “Creemos que ello se debe, en buena parte, a que constituyen aspectos que conforman las bases de la estructura constitucional de cuya aplicación derivan problemáticas que se busca prever y anticipar eventuales resultados no deseados”, sostienen los autores.

Algunos ejemplos: durante la discusión de la Constitución de 1925, al debatirse sobre la forma de gobierno, entre un régimen presidencial y parlamentario, intervino Salas Edwards y señaló: “Ojalá pudiera establecerse un régimen adaptable a Chile, un régimen chileno de acuerdo a nuestros hábitos parlamentarios tradicionales, pero solo en lo que ellos tienen de bueno y sin necesidad de que esto sea copia de otros países”.

El debate de la necesidad de limitar el presidencialismo extremo, de crear una fórmula propia acorde a las necesidades del país es algo que sigue presente como tema relevante.

Lo mismo ocurre con los debates sobre el Tribunal Constitucional: hay cuestionamientos con esta figura que se expresaron desde el momento de su creación, en 1970, y luego en la constituyente de 1980 que siguen latentes hasta hoy. Las preguntas claves han sido sobre la necesidad de su existencia, su forma de integración y su rol en el proceso legislativo.

Crédito: Agencia Uno.

En 1980, se cuestionó la posibilidad de acusar constitucionalmente a los ministros de Tribunal. Jaime Guzmán aducía como argumento para restarlos de la acusación el hecho de que esta posibilidad podía desvirtuar el carácter de máximo órgano jurídico institucional. Por su parte, Enrique Ortúzar, presidente de la Comisión, señalaba que “no parece lógico que un magistrado o un dignatario, por altamente colocado que esté, quede al margen de que se haga efectiva su responsabilidad”.

Es bastante probable que las discusiones en torno a éstas y otras temáticas vuelvan a darse en el contexto del actual proceso constituyente, lo que hace más evidente la importancia de conocer cómo fueron abordados estos aspectos en los debates constitucionales anteriores”, concluyen los autores.

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