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Opinión

3 de Junio de 2022

Lagos versus Lagos

¿Nos rige hoy o no, la “Constitución de Lagos”? La respuesta a estas preguntas se encuentra en las reformas que su gobierno realizó a la Constitución de 1980.

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Aunque queda más de un mes para que conozcamos la propuesta definitiva de Constitución que votaremos en septiembre, las campañas del Apruebo y el Rechazo ya están desatadas. Y entre stickers, videos y publicidad en redes sociales, una inesperada figura se ha vuelto enormemente relevante: la de Ricardo Lagos Escobar. Los defensores del Rechazo, por un lado, han difundido una reciente entrevista del ex presidente, en la que señala que, de ganar esta opción en el plebiscito, “ la Constitución que empezaría a regir es la que lleva mi firma” y que quienes lo niegan debieran ver “cuánto nos costó sacar esa reforma (…), nos costó los seis años de gobierno”.

Ante esto, los promotores del Apruebo han reflotado un tweet de 2020 en el que el mismo Lagos señala que “La constitución, ilegítima en su origen, es la de Pinochet. Mi firma está en las reformas que la derecha permitió realizar y nunca dije que fueron ‘por el pueblo y para el pueblo’”. Dos versiones de Lagos enfrentadas. Si esto fuera una batalla de pokemones, ¿ cuál de los dos es el verdadero y cuál simplemente un Ditto? O, en palabras más sencillas: ¿nos rige hoy o no, la “Constitución de Lagos”? La respuesta a estas preguntas se encuentra en las reformas que su gobierno realizó a la Constitución de 1980.

Seamos claros: las reformas constitucionales del 2005 corresponden al paquete de modificaciones más importante y comprehensivo que ha sufrido la actual Constitución. Sin embargo, no bastan para hablar de una “nueva” Constitución como algunos han sostenido. Las reformas acabaron con algunos de los principales enclaves autoritarios dejados por la Dictadura: se eliminaron los senadores designados y vitalicios (¿acaso éramos la antigua Roma y no lo sabíamos?), se le quitó al Consejo de Seguridad Nacional sus atribuciones sobre los estados de excepción y las Fuerzas Armadas perdieron su rol de “garantes de la institucionalidad” y sus Generales en Jefe dejaron de ser inamovibles (¿acaso éramos el Imperio de Star Wars y tampoco lo sabíamos?).

¿Bastan estos cambios para que podamos hablar de una nueva Constitución? Evaluarlo requiere saber no sólo su número y temáticas, sino identificar qué partes de la Constitución modificaron. Todo texto constitucional posee dos partes centrales: la dogmática y la orgánica. La parte dogmática define quiénes son miembros de una comunidad política (nacionales y ciudadanos), qué principios la orientan y cómo se relaciona esta comunidad con el Estado por medio de los derechos que este último garantiza y los deberes a los que quienes forman la comunidad se someten. La parte orgánica, en tanto, es aquella que define la organización del Estado y sus instituciones: sus atribuciones, límites y los requisitos para formar parte de estas. Si bien las reformas de 2005 fueron decenas, la gran mayoría (y las verdaderamente significativas) afectaron a la parte orgánica de la Constitución. La parte dogmática, y especialmente la forma en cómo la Carta Magna concebía los derechos, quedo prácticamente intacta. La Constitución de 1980 dejó así de ser autoritaria en tanto texto, pero no por ello dejó de resguardar un modelo de sociedad que había sido impuesto por la fuerza.

¿Significa esto que las reformas de 2005 fueron un mero non-extreme makeover constitucional? Para nada. Ignorar la importancia de estos cambios sería negacionismo, a la vez que una falta de respeto más grande que la de Gary Medel a los inspectores sanitarios que le impidieron entrar al concierto de Karol G. Más aún si se piensa el contexto en que el gobierno de Lagos logró llevar a cabo estas reformas. El pinochetismo era aún poderoso en el país (sería por ese mismo tiempo que el caso Riggs lograría lo que sus violaciones a los derechos humanos no habían conseguido: que parte importante de la Derecha chilena le quitara el saludo al ex dictador) y los “cerrojos” de Jaime Guzmán – particularmente el sistema binominal en alianza con los quorums supramayoritarios – dificultaban hacer cambio alguno que no permitiera la oposición. Sí, es cierto, hoy puede parecernos ridículo celebrar reformas que parecen de sentido común, tales como el fin de los senadores vitalicios (pasó Kim Jong Un y dijo que eso le parecía poco democrático), pero ello no quita que, en su momento, una victoria como aquella fue un logro político del cual sus gestores pudieron sentirse orgullosos, aunque aún quedara mucho camino por recorrer.

¿Significa esto que las reformas de 2005 fueron un mero non-extreme makeover constitucional? Para nada. Ignorar la importancia de estos cambios sería negacionismo, a la vez que una falta de respeto más grande que la de Gary Medel a los inspectores sanitarios que le impidieron entrar al concierto de Karol G.

La vida no siempre es una batalla de pokemones y olvidarlo es lo que nos lleva a creer que los dos Lagos del inicio se enfrentan, cuando en realidad coexisten sin contradicción. Las reformas de 2005 fueron sin duda costosas y configuraron la Constitución tal como la conocemos (y como nos rige) hoy. Mas esas reformas no crearon una nueva Carta Magna; si son “reformas” es justamente porque modifican algo cuyo núcleo esencial permanece. Por honestidad intelectual, haríamos bien entonces en dejar de hablar de la Constitución “de Pinochet” o la “de Lagos”. De ganar el Rechazo en el plebiscito de salida, la Constitución que nos regirá es la misma que nos rige hoy: la de 1980 en la forma que posee actualmente, tras todas las reformas que ha vivido en los últimos 42 años. Es este texto y no otro el que deberemos confrontar con la propuesta de nueva Constitución para tomar nuestra decisión este 4 de septiembre. Porque ese día, todos y cada uno de nosotros tendrá solo un voto. Sí, todos. Incluso Ricardo Lagos.

*Rodrigo Mayorga es profesor, historiador, antropólogo educacional, autor de “Relatos de un chileno en Nueva York” (con el seudónimo de Roberto Romero) y director de la fundación Momento Constituyente (http://www.momentoconstituyente.cl).

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