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31 de Agosto de 2022

Dolor interminable: La historia de la familia Poblete Tapia y la vulneración de sus derechos por el Estado

En 2001 Vinicio Poblete Vilches falleció en el Hospital Sótero del Río por negligencia médica. Tras no obtener justicia en el sistema chileno, sus familiares acudieron a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que en 2018 falló a su favor y reconoció que Chile había violado, entre otros, los derechos a la salud, integridad física, y garantías judiciales. A cuatro años de la sentencia, el Estado mantiene acciones pendientes, incluyendo un acto público de reconocimiento de responsabilidad y medidas de políticas públicas hacia las personas mayores.

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Son las 6:15 de la mañana y Leila Poblete Tapia (56 años) está despertando. No necesita de alarmas ni otras ayudas ya que le es automático levantarse de madrugada y comenzar los quehaceres en su pequeña casa ubicada en La Pintana.

Su rutina se centra en el cuidado de su hermano Vinicio (61): lo primero es darle agua para que se tome los medicamentos que necesita de manera religiosa todas las mañanas. Desde que sufrió un segundo infarto cerebral, en marzo de este año, las manos de Vinicio están atrofiadas por lo que no es capaz de sostener un vaso.

–Entonces le doy con una bombilla y luego lo cambio de posición en la cama porque le duele la espalda. Siempre es lo primero que hago apenas despierto, necesito saber que está respirando bien, que sigue vivo –afirma Leila.

No es un temor infundado. No cuando ha perdido a toda su familia. 

Para Leila y Vinicio sus vidas están congeladas: antes y después de 2001, del fallecimiento de su padre Vinicio Poblete Vilches por una negligencia médica en el Hospital Sótero del Río. Una tragedia que fue el comienzo de un calvario que hasta hoy no se ha resuelto del todo. 

–No pienso en tener una vida normal ni nada de eso. No hay día feliz, me levanto y hasta la noche es una amargura– Leila se emociona, le es imposible no hacerlo bajo los recuerdos.

–Han sido años terribles, de dolor y sufrimiento. Desde la muerte de mi papá y la destrucción de mi familia no hemos tenido descanso– dice.

Leila Poblete visitando a su familia en el cementerio.

En 2001 iniciaron las acciones en los tribunales nacionales y tras la falta de respuestas, recurrieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). El organismo internacional sometió el caso a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos la que, finalmente, falló contra el Estado de Chile.

Sin embargo, pese a que la sentencia que condenó al país de haber vulnerado el derecho a la salud, vida e integridad personal –entre otros– se conoció en 2018, cuatro años después, parte de las reparaciones hacia las víctimas y para evitar repeticiones siguen sin ser cumplidas por el Estado.

Para Leila el mundo se mantiene detenido en ese 2001: “Se destruyó mi familia, se fueron muriendo todos de a poco y ahora solo quedamos los dos. Quiero sentir que al menos ha valido la pena”. 

El inicio de la pesadilla

Vinicio Poblete Vilches (76) ingresó al Hospital Sótero del Río el 17 de enero de 2001 debido a una insuficiencia respiratoria grave. Iba en mal estado, con compromiso de conciencia. Por cinco días estuvo hospitalizado en la UCI médica hasta que el 22 de enero pasó a la UCI quirúrgica. Ahí se anotó una de las primeras vulneraciones: se le practicó una intervención cuando estaba inconsciente sin haber obtenido el consentimiento de su familia pues esta había advertido que, al padecer de diabetes, no podía ser operado. 

El 2 de febrero se le dio de alta, sin mayores indicaciones –aun cuando según sus hijos mantenía heridas abiertas y su salud debilitada–, y su familia tuvo que contratar a una ambulancia privada para trasladarlo hasta su casa en La Pintana pues en el hospital no contaban con vehículos en ese momento.

“Desde la muerte de mi papá y la destrucción de mi familia no hemos tenido descanso”.

Su regreso al hogar fue corto: tres días después, tras un grave cuadro febril, debió volver al recinto asistencial, esta vez sin retorno. Ahí permaneció en la unidad de cuidados intermedia pese a que su ficha médica señalaba que debía ser internado en cuidados intensivos. Para continuar con vida necesitaba con urgencia de un respirador mecánico, asistencia que no le fue prestada. El 7 de febrero falleció y a sus familiares les entregaron distintas causas: bronconeumonía, shock séptico, un paro cardíaco, ninguno de los profesionales que lo atendió tenía claridad.

“El trato que tuvieron con nosotros fue terrible, nos decían que él no era prioridad, que estaba muy viejo”, relata Leila Poblete.

La muerte de Vinicio Poblete Vilches rompió la paz familiar e inició un camino de judicialización. En 2001 ingresaron la primera querella, sin llegar a buen puerto, y una segunda en 2005. Si bien ha habido movimientos, con sobreseimientos y desarchivos, no se han establecido responsabilidades penales en la justicia chilena.

Esa falta de cierre llevó a los Poblete a buscar alternativas: en 2002 presentaron la petición inicial para que el caso fuera analizado por la CIDH. No fue un camino fácil. Meses y meses de documentación y llamadas hasta que en 2009 se declaró admisible.

Siete años después, el 13 de abril de 2016, el organismo aprobó un informe y concluyó que el Estado era responsable por la alegada violación a derechos humanos establecidos en la Convención Americana: al acceso a la información en materia de salud; a la vida, integridad personal y salud; y garantías y protección judicial.

El reporte, además, entregó recomendaciones a Chile: debía reparar a los familiares por las vulneraciones, incluyendo compensación por daño material y moral; realizar una investigación completa y efectiva de las violaciones enumeradas para que la familia tuviera un esclarecimiento de lo ocurrido y que se impusieran las sanciones correspondientes; y disponer de mecanismos de no repetición incluyendo medidas legislativas y administrativas.

Si bien al Estado se le notificó el 27 de mayo de 2016 del informe, con un plazo de dos meses para manifestarse, la CIDH no obtuvo respuesta.

El 26 de agosto de 2016, la comisión sometió a la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) el análisis del caso “ante la necesidad de obtención de justicia”, según indica la posterior sentencia.

***

En los años que duró el camino judicial los Poblete Tapia empezaron a desaparecer. 

Antes una familia de origen humilde y tranquila, liderada por Vinicio Poblete Vilches y su labor como comerciante informal en torno a la aduana de Valparaíso, se vio afectada por el estresante y costoso camino judicial. Vinicio hijo debió tomar el papel de proveedor, también en el comercio informal, mientras que Leila dejó el suyo, como auxiliar en Coanil, para cuidar a su hermano menor quien sufría de paraplejia, cifolordosis severa, malformación congénita y estrabismo convergente. 

Blanca Tapia (71) falleció en 2003 de cáncer de estómago, esperando conocer las causas de la muerte de su marido. Su hijo más pequeño, Gonzalo, le siguió en 2012 de un paro cardíaco. Tenía 36 años. 

Blanca Tapia

–Ahí murió mi mamá, nosotros siempre creeremos que el cáncer le dio por el sufrimiento– dice Leila y le tiembla la voz. También las manos. Pero sus ojos no se vuelven a empañar. Es un relato que conoce y que la atormenta.

–A mi hermanito le vino un infarto, mi Gonzalito falleció y luego mi hermano Vinicio fue diagnosticado de cáncer a la próstata que hasta hoy lo persigue. Teníamos proyectos de vida, pero todo se fue a pique.

Ni ella ni Vinicio se casaron, dedicados a cuidar a Gonzalo. Y hoy, ella a su hermano. Actualmente, ambos viven de sus pensiones estatales que van entre $200 y $300 mil.

–Del gobierno me han dicho que quieren subirlas, pero no sé si creerles– comenta.

Alguna vez soñó con tener una carrera profesional y estudiar Derecho en la Universidad de Chile: “Cuando era chica pasábamos con mi papito por Pío Nono y me decía ‘hija, ahí vas a estar, ya vas a ver”. Y añade: “Trabajábamos y de verdad que éramos felices”.

Sus recuerdos se mantienen sólo en algunos objetos materiales porque en abril de 2010 su casa en La Pintana sufrió un incendio que se llevó buena parte de la infraestructura y una gran colección de cosas de sus padres, incluyendo las fotografías. Lo que les quedaba. El dolor ya era insoportable y menos de un año después Leila atentó contra su vida en medio de una profunda depresión que la empujó a tomar un revólver y dispararse en el estómago, lo que la dejó internada por meses. 

“Se destruyó mi familia, se fueron muriendo todos de a poco y ahora solo quedamos los dos. Quiero sentir que al menos ha valido la pena”.

–Nosotros habríamos tenido otra vida, pero todo se nos apagó en ese momento, nunca más vimos la luz, es una espina que se nos clavó tan profundo– ahora vuelven las lágrimas y Leila aprieta los labios. Se detiene para ir a ver a su hermano.

La sentencia: “No se le brindó el tratamiento médico adecuado”

La Corte IDH estudió por dos años el caso y el 5 de marzo de 2018 se presentó la sentencia que, en gran medida, reiteró las conclusiones de la CIDH.

El Estado admitió de manera parcial responsabilidad por la decisión de alta médica; el reingreso al hospital y la falta de diligencia durante su hospitalización; las falencias relativas al consentimiento informado; y que las actuaciones judiciales no fueron llevadas a cabo en un plazo razonable. Sin embargo, no reconoció “los hechos relacionados con las actuaciones del personal médico y su impacto en la salud del señor Poblete Vilches, especialmente la relación con su muerte, la obtención del consentimiento para la práctica de la intervención quirúrgica y el tratamiento del personal médico a los familiares”, indica el veredicto.

El análisis en el documento revela el nivel de las negligencias. En su segunda estancia en el recinto hospitalario, Vinicio Poblete Vilches necesitaba con urgencia un respirador mecánico. Su hijo trató de conseguir uno con un médico, pero éste le respondió que “no sacaban nada con ponérselo, ya que igual iba a durar unos siete días más”. 

Asimismo, cuando solicitaron moverlo a la UCI adecuada, una de las doctoras le dijo que “no era posible que subieran a un viejo a la UCI Médica ya que había que darle esa posibilidad a alguien más joven”.

La corte estimó, entre otras cosas, que la edad de Vinicio Poblete Vilches “resultó ser una limitante para recibir una atención médica oportuna, pues de los hechos del caso se desprende que no se le brindó el tratamiento médico adecuado, en parte, por su condición de persona mayor”.

El fallo sumó ocho puntos decisivos de responsabilidad estatal en violación de derechos según la Convención Americana: a la salud; a la vida; a la integridad física; a obtener un consentimiento informado y acceso a la información en materia de salud; a las garantías y protección judiciales; y a la integridad personal de los familiares.

“El trato que tuvieron con nosotros fue terrible, nos decían que él no era prioridad, que estaba muy viejo”, relata Leila Poblete.

Sobre las reparaciones, el tribunal señaló que la sentencia “constituye, por sí misma, una forma de reparación”, y determinó medidas hacia los familiares: que el Estado publicara la sentencia y su resumen junto con hacer un acto público de reconocimiento de responsabilidad; brindar atención psicológica a las víctimas; y una indemnización compensatoria por concepto de daño material e inmaterial y el reintegro de costas y gastos.

Como garantías de no repetición; indicó que Chile debía implementar programas permanentes de educación en derechos humanos; informarle sobre los avances de mejoramiento en el Sótero del Río; fortalecer el Instituto Nacional de Geriatría y su incidencia en la red hospitalaria; diseñar una publicación o cartilla sobre los derechos de las personas mayores en materia de salud; y adoptar las medidas necesarias, a fin de diseñar una política general de protección integral a las personas mayores. 

***

Liliana Ronconi, docente de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Argentina, analizó el caso para una publicación académica en la que destacó que la resolución de la Corte IDH “representa un gran avance en el reconocimiento de la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales en el contexto latinoamericano”.

“En este caso la Corte antes hubiera dicho que solo se violó el derecho a la vida, pero ahora reconoce que también se violó el derecho a la salud. Si se mira desde la perspectiva de las obligaciones estatales no es lo mismo porque en uno se tiene la obligación de proteger la vida y acá tiene la obligación de generar políticas públicas para proteger la salud de las personas”, plantea a The Clinic.

Añade que “a veces se ha criticado de los derechos sociales que no se definen, tienen un contenido abierto. Sin embargo, acá la corte dice que se violó el derecho a la salud en su contenido más mínimo, uno que el Estado nunca podría denegar. Se puede, por ejemplo, discutir si una cirugía estética entra o no dentro de este derecho, pero acá se violó lo mínimo que necesitaba la víctima: un respirador y atención. Lo más básico no estuvo garantizado”.

Medidas pendientes y otros casos

–Yo ya no confío en los gobiernos– advierte Leila Poblete. La pérdida de confianza ha crecido, perpetuándose en estos 21 años. Dice que son promesas y promesas que nunca se cumplen.

–Del gobierno anterior dijeron que teníamos que esperar. Y hace unas semanas me dijeron que estaban avanzando– relata. Y comenta que respecto a la actual administración de Gabriel Boric:

–Hemos conversado más, en el anterior (gobierno) a veces no nos recibían, pero es muy difícil creer que ahora de verdad harán algo.

¿Qué falta? El último informe de la Corte IDH sobre la supervisión al cumplimiento de la sentencia, del 5 de abril de este año, indica que el Estado ha realizado, parcialmente, el pago de la indemnización por concepto de daño material y el reintegro de costas y gastos.

El resto de las reparaciones continúan pendientes en su mayoría. El documento apunta a que el Estado deberá adoptar “en definitiva y a la mayor brevedad posible, las medidas que sean necesarias para dar efectivo y pronto cumplimiento a las reparaciones“, y entregar a más tardar el 4 de noviembre un reporte sobre las acciones que faltan por implementar.

Algunos de los atrasos son notorios. Por ejemplo, el acto de reconocimiento público de responsabilidad debía llevarse a cabo antes del 24 de junio de 2019. Por lo mismo, el tribunal apunta a que las partes mantengan la comunicación pertinente para acordar “de la forma más pronta posible, su realización”. 

La Subsecretaría de Derechos Humanos explica a The Clinic que se trabaja de manera coordinada entre la Cancillería, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y el de Salud, “diseñando una hoja de ruta para avanzar en el cumplimiento de las medidas que aún se encuentran en un estado parcial”.

Indica que, a la fecha, el Estado de Chile ya realizó el pago a los hijos de Vinicio Poblete, “restando únicamente el pago de US$14.000 a los herederos de una de las hijas de la víctima que no ha podido ser contactada”. 

Además, señala que desde Salud se elaboró un plan de atención integral de salud física y psicológica para los hijos de Vinicio Poblete, y que desde la Subsecretaría del Interior se ha avanzado en la gestión de insumos específicos para los cuidados de Vinicio Poblete Tapia.

En paralelo, “se están planificando alternativas de capacitación permanentes para funcionarios de la salud” y la subsecretaría “ha mantenido un contacto periódico con las víctimas y sus abogados representantes, a fin de acompañar el proceso de implementación de las medidas pendientes y brindar un canal de diálogo permanente”.

La dirección del Hospital Sótero del Río también comenta sus avances: en el caso de la infraestructura UCI, se aumentó la dotación de camas de 18 a 42 y se mejoró la red de oxígeno medicinal líquido con la instalación de una estación criogénica. Mientras, en relación con los protocolos para el manejo de pacientes críticos, dice que se adoptaron más de 30 medidas y que desde una perspectiva de personas mayores, en 2019 se creó la Unidad de Geriatría “integrada por médicos geriatras y un equipo multidisciplinario”.

De acuerdo con Liliana Ronconi la complejidad de las reparaciones podría incidir en el tiempo que han tomado. “Las medidas de no repetición requieren presupuesto y repensar políticas públicas, cambios en el sistema de salud y creo que ahí el Estado es más lento. Hay que considerar que justo Chile pasó y pasa por épocas difíciles: un estallido social, una pandemia, un cambio de gobierno y un posible cambio de Constitución, todo en muy poco tiempo”, propone.

Eso sí, la especialista advierte que “no hay castigo de parte de la corte en caso de no cumplimiento. En general suele ser muy alentadora para que los Estados cumplan porque lo que se busca es que lo hagan. Pero en todo caso es una sanción pública, creo, que Chile no lo haya hecho hasta ahora”.

***

La tragedia de Vinicio Poblete Vilches es uno de los capítulos oscuros dentro de las deficiencias del sistema de salud.

Lamentablemente, no es el único. En los últimos años han sido varios los casos sanitarios que se han judicializado, no solo por negligencias médicas sino que también por temas como el acceso a la atención o a medicamentos. 

En 2021, la Corte IDH nuevamente responsabilizó al Estado en el caso de la menor Martina Veras Rojas (16), quien padece Síndrome de Leigh, condición neurológica degenerativa hereditaria, por no haber garantizado que su isapre le costeara el tratamiento que la mantiene con vida mediante hospitalización domiciliaria.

Vinicio Poblete Tapia hoy.

Carolina Carreño, académica de Derecho de la Universidad Católica Silva Henríquez y autora del libro “El derecho a la salud en casos críticos”, donde se menciona el de Vinicio Poblete Vilches, comenta también la situación del pequeño Martín Reinoso (2) que falleció en 2019 producto de una negligencia médica: “Llegó con una posible amigdalitis al Hospital San Juan de Los Andes y lo mandaron de vuelta con un paracetamol, la mamá lo volvió a llevar, lo devolvieron una vez más con paracetamol, viajó a Santiago y ahí entró en shock séptico y los médicos no pudieron hacer nada por el grado de infección”.

“Existen estas deficiencias en el sistema que necesitan abordarse desde el legislador”, argumenta.

A raíz de ese y otros casos es que este año ingresaron dos proyectos a la Cámara Baja sobre responsabilidades sanitarias: uno propone incluir como requisito para desempeñar actividades médicas contar con un seguro de responsabilidad civil ante daños con ocasión del ejercicio profesional; y el segundo busca consagrar la obligatoriedad de iniciar una investigación sumaria ante reclamos por incumplimiento de la Ley de Derechos y Deberes de los Pacientes o hechos de negligencia médica.

Cambio de paradigma en el sistema sanitario

Para los expertos los problemas están en la raíz del sistema sanitario, en especial del sector público donde se atiende la mayoría de quienes viven en Chile. A juicio de Héctor Sánchez, director del Instituto de Salud Pública de la Universidad Andrés Bello, “el sistema de salud público no es malo desde el punto de vista técnico, el Estado ha hecho inversiones, pero la calidad de los servicios no es la mejor, en especial por la falta de especialistas (…) Vemos que en definitiva aunque le pongas más dinero, no se vuelve más productivo o mejor”.

Apunta hoy al empeoramiento de las listas de esperas debido a la postergación de atenciones y cirugías en la pandemia: “Hay 2 millones de personas ahí y según el último informe murieron 20 mil esperando por causas asociadas”.

Un factor de preocupación es que un porcentaje importante de quienes están en esas listas tienen peores determinantes sociales: “Son esos elementos que definen tu condición de salud. Hay ambientales, sociales, económicos y mientras más deteriorados estén más deteriorada es tu condición de salud y por tanto eres más vulnerable y requieres más atención de salud o modelos de atención que permitan acercar la medicina para ti”, detalla Sánchez.

Entre estos segmentos se encuentran las personas de 65 o más años que, en Chile, según datos del Censo 2017, bordean los 2 millones. El veredicto de la Corte IDH, de hecho, establece que se deben mejorar las políticas nacionales en cuanto a su cuidado y protección.

“Este fallo deja varios puntos importantes: un tema está relacionado con los estigmas sociosanitarios: las personas somos vulnerables durante todo el ciclo de vida, pero hay períodos donde lo somos más, como es el caso de esta etapa”, explica Ángela Arenas, abogada y directora de la Sociedad de Geriatría y Gerontología de Chile, quien añade que “hay que generar este cambio de paradigma para considerar a la persona mayor como una persona de derecho. Aplicar el envejecimiento activo”.

Con todo, la especialista sostiene que el país ha mejorado desde 2001 a la fecha: “No estamos como en esa época; ahí recién se creaba el Senama, no había Auge, ahora se ha generado la política de envejecimiento positivo y leyes para atención preferente, claramente hemos ido avanzando. Por supuesto que estamos al debe, pero las políticas nacionales van en la línea correcta”.

En el contexto actual, la posibilidad de cambiar la Constitución podría traducirse en un nuevo paradigma. En la propuesta de Carta Magna, en el artículo 33, se consideran por primera vez a las personas mayores al establecer que son titulares de derechos constitucionales e internacionales y que “tienen derecho a envejecer con dignidad; a obtener prestaciones de seguridad social suficientes para una vida digna; a la accesibilidad al entorno físico, social, económico, cultural y digital; a la participación política y social; a una vida libre de maltrato por motivos de edad; a la autonomía e independencia y al pleno ejercicio de su capacidad jurídica con los apoyos y salvaguardias que correspondan”.

“En este caso la Corte antes hubiera dicho que solo se violó el derecho a la vida, pero ahora reconoce que también se violó el derecho a la salud. Si se mira desde la perspectiva de las obligaciones estatales no es lo mismo porque en uno se tiene la obligación de proteger la vida y acá tiene la obligación de generar políticas públicas para proteger la salud de las personas”, plantea a The Clinic.

También hay modificaciones en torno a la salud pues en el texto vigente se establece, por ejemplo, que “el Estado protege el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo“, mientras que la propuesta constitucional señala que “toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental”. 

Liliana Ronconi plantea que si se aprueba la Carta Magna “se podría mirar y decir aquí tenemos un gran avance en derecho a la salud. Quizás las fuerzas están puestas ahí”.

“Valoro que vayamos hacia un sistema universal de salud, es lo que siempre debió ser, pero hay que ser conscientes de que no hay mucho presupuesto y son ambiciosos todos los programas que habría que realizar”, dice Carolina Carreño. Agrega que “Chile se merece ordenar todo este desorden en el sistema sanitario, consagrar el derecho a la salud para todos, la justicia equitativa y donde no sea el dinero el que condicione si me muero o no, pero para eso se requiere una voluntad política tremenda”.

***

Son las 18:15 horas y Leila Poblete Tapia prepara la once para ella y su hermano. Tiene la casa limpia y a sus cuatro perros alimentados (una incluso se llama Milagritos tras sobrevivir un atropello). Son su única compañía además de Vinicio.

No tiene muchos pasatiempos, es que está llena de preocupaciones. Esa es su rutina. La semana pasada un doctor le dijo que tenían que operar cuanto antes a su hermano de su cáncer, pero su estado delicado de salud complica lo que sería de por sí una intervención de alto riesgo.

–Tengo que tomarle exámenes de todo, pedir hora al cardiólogo porque él tiene muchos problemas cardíacos, y también al urólogo– asegura.

La operación y el resto de las atenciones las está realizando mediante el sistema privado.

–Me dan terror los hospitales, nunca más– confiesa. Sobre las reparaciones pendientes Leila es sincera, no tiene mucha fe aunque reza por equivocarse.

–Llevo más de 20 años esperando, incluso con Vinicio pensábamos en tener una fundación para personas que han pasado lo mismo, ayudarlos, pero le vinieron los infartos. Ahora sólo quiero tenerlo bien. Ojalá nos cumplieran lo que falta, no me haría feliz a estas alturas, eso ya no es posible, pero me sentiría con un cierre. Me habría gustado que se hiciera justicia, tendría paz.

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