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El fallo de La Haya le dio la razón a Chile respecto al carácter del río Silala: es internacional y compartido por ambos países.

Actualidad

1 de Diciembre de 2022

Caso Silala: los tres puntos del fallo de La Haya que le dieron la razón a los argumentos de Chile

La sentencia de la Corte Internacional de Justicia ratificó los argumentos de Chile respecto al carácter y uso del río Silala: es internacional y compartido por ambos países y ambas partes tienen derecho a un uso “razonable y equitativo” de sus recursos. Además, el fallo dice que no procede el pago de una compensación a Bolivia, tal como solicitó el vecino país. “El fallo es categórico: Chile fue por certeza jurídica a la corte y la obtuvo", sostuvo al respecto el Presidente Boric.

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Luego de seis años de una sostenida batalla diplomáticos, finalmente los tribunales de La Haya zanjaron el diferendo entre Chile y Bolivia respecto al río Silala, afluente fronterizo en el que su curso transcurre por ambos países.

Un caso que comenzó cuando en marzo del 2016, el entonces presidente de Bolivia, Evo Morales, anunció que estaba estudiando demandar a Chile en la también llamada Corte Internacional de Justicia, por el uso que hacía nuestro país de sus recursos hídricos. Una notificación realizada en una fecha cargada de simbolismo en el vecino país: Día del Mar.

Sin embargo, antes que se concretara dicha acción judicial, en junio de ese año Chile se adelantó a la jugada y presentó ante La Haya la aplicación para iniciar una demanda contra Bolivia. ¿El argumento? La negativa de Bolivia a reconocer que el Silala es un río de carácter internacional compartido entre ambos estados.

Desde entonces, ambos estados establecieron un litigio de contrademandas, réplicas y dúplicas que terminó al mediodía de hoy, 01 de diciembre, con la lectura de la sentencia por parte de la presidenta de los tribunales de La Haya, Joan Donoghue.

“Las partes se han puesto de acuerdo”

Al inicio de la lectura del fallo, el magistrado señaló que leería una versión resumida de la sentencia, en la que quedó constancia de acuerdos previos entre las partes, es decir, un giro en la posición de Bolivia ante la La Haya. En este sentido, la corte le dio la razón a Chile en tres puntos.

“La corte constata que Bolivia reconoce que las aguas del Silala se clasifican como un curso de agua internacional. También consta que mantiene que las características únicas del rio deben tenerse en cuenta a la hora de aplicar las normas del derecho internacional consuetudinario”, dijo la jueza. En este sentido, la corte rechazó la solicitud de Bolivia respecto a que Chile pagara una compensación por el uso de los recursos hídricos.

Otra de los puntos favorables a Chile, tiene que ver con el uso de las aguas del Silala. “Durante el procedimiento quedó claro que las partes concuerdan que en ese principio se aplica a toda el agua del Silala, independiente de su característica natural o artificial, y que las partes acuerdan que tienen derecho al uso equitativo y razonable según el derecho internacional consuetudinario”, agregó la magistrada.

Además, Chile había requerido a la corte que se pronunciara sobre el derecho al uso actual de los recursos del Silala. Sobre este punto, Donoghue añadió: “la Corte constata que las partes se han puesto de acuerdo en esta conclusión (…) por lo que no está llamada a pronunciarse”.

Chile, además, había solicitado a la corte que Bolivia tiene una obligación de colaborar y notificar oportunamente de medias que pudiese afectar los recursos hídricos compartidos. Este punto fue el único rechazado por La Haya.

En representación de Chile, en La Haya se encontraba la agente Ximena Fuentes y su equipo de juristas y expertos. En Santiago, además, el Presidente Gabriel Boric, se encontraba presenciando la lectura del fallo en compañía de la Canciller, Antonia Urrejola, los presidentes de la Cámara y el Senado, los representantes de las comisiones de RR.EE. de ambas cámaras, además de representantes de la Corte Suprema.

En un punto de prensa realizado en La Moneda, el Mandatario dijo: “Acá se está honrando una tradición de excelencia de nuestra política exterior que se corona con la obtención de un fallo sólido y fundamentado que es favorable a lo que ha sostenido el Estado de Chile. El fallo es categórico: Chile fue por certeza jurídica a la corte y la obtuvo”, señaló, destacando los puntos de la sentencia.

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