Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

Nacional

8 de Junio de 2023

Nuevo IVA a los servicios: así es la extensión de plazo del mecanismo que permite a contribuyentes eximirse de su pago

Imagen de referencia. Foto: Agencia Uno.

En un principio la medida extraordinaria con que el SII busca facilitar la inscripción de los contribuyentes como sociedades de profesionales vencía este 30 de junio, sin embargo, el ente entregó más plazo.

Por

En el marco del cambio tributario que estableció que todas las prestaciones de servicios comenzaron a estar afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) -con excepción de las de transporte y educación, entre otros; además de algunas sociedades de profesionales- el SII extendió el plazo para que las sociedades no consideradas de profesionales regularicen su situación y puedan eximirse de este pago.

En 2022 se aprobó esta medida para que aporte financiamiento a la Pensión Garantizada Universal (PGU), comenzando a regir el 1 de enero de 2023. Sin embargo, el Servicio de Impuestos Internos (SII) subrayó que algunas sociedades de profesionales no estarían afectas a este impuesto si cumplían con ciertas condiciones.

En el caso de las sociedades de profesionales estas podrían eximirse si es que cumplen con una serie de condiciones, entre ellas “ser una sociedad de personas que tiene como objetivo exclusivo la prestación de servicios o asesorías profesionales”, en la que “todos sus socios deben ser personas naturales u otras sociedades de profesionales y deben ejercer sus profesiones para la sociedad”, “no se permiten socios que solo aporten capital”.

Asimismo, sus socios deben tener “profesiones idénticas, similares, afines o complementarias”, “todos los miembros de la sociedad deben tener el título profesional o no profesional que los habilita” y “deben estar registrados como sociedad de profesionales ante el SII”.

Como parte de la transición que implica este cambio tributario en el todas las prestaciones de servicio están afectas a pagar IVA, es decir, que deben agregar un 19% al valor del servicio y emitir la documentación tributaria que corresponde; el SII estableció un mecanismo extraordinario para que las sociedades que no estaban consideradas como de profesionales puedan regularizar su situación.

Resolución para facilitar registro a sociedades de profesionales

Este jueves -según informó el Diario Financiero– informó que este mecanismo extraordinario, que en un principio estaba vigente hasta el 30 de junio, se extendería hasta el 31 de diciembre; lo que quedó registrado en la resolución N° 63 del ente fiscalizador que se publicó el 30 de mayo con firma del director Hernán Frigolett.

¿Para qué funciona este mecanismo extraordinario? Según indicó SII el propósito de esta herramienta es facilitar el proceso de inscripción e incorporación al Registro de Sociedades de Profesionales para quienes no pudieron realizarlo en 2022 y estén finalizando la reorganización en este 2023.

Asimismo, según recogió el medio citado, permite que aquellas sociedades de profesionales que todavía no cuentan con un sistema de facturación o de emisión de boletas no afectas o exentas de IVA, puedan seguir emitiendo boletas de honorarios electrónicas hasta el fin de este año.

“El procedimiento les permitirá entregar en línea la información necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos para ser clasificadas como sociedades de profesionales. Como resultado se les registrará de esa forma y se eliminarán las actividades económicas de primera categoría que haya tenido registradas”, explicó el SII al momento de la apertura de este mecanismo extraordinario.

El IVA “consiste en el recargo del 19% al monto del precio final determinado por el vendedor de un bien o servicio”.

Hasta la fecha, según la información del SII, han sido más de 10 mil los contribuyentes que se han reorganizado para poder eximirse de pagar el IVA.

Temas relevantes

#IVA#SII

Notas relacionadas

Deja tu comentario