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Negocios

24 de Abril de 2024

Las millonarias multas que arriesgan Banco de Chile y Consorcio por la presencia de Hernán Büchi en sus directorios de forma simultánea

El ente persecutor señaló se ha rendido pruebas abundantes que permiten acreditar la práctica de interlocking, es decir, el vínculo entre dos empresas competidoras, que se produce cuando éstas comparten directa o indirectamente personas en sus cargos ejecutivos relevantes o en su directorio.

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Este miércoles, se dio a conocer que la Fiscalía Nacional Económica pidió al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia sancionar a Banco de Chile y Consorcio con millonarias multas. Esto, por la participación simultánea del excandidato presidencial, Hernán Büchi, en sus directorios.

Esta arremetida llega luego del requerimiento en contra de estas empresas, según Radio Bío Bío. En esta se requirió al también director y Falabella por “su intervención en la misma infracción”. Si bien en 2022 se logró acuerdo con esta última, las otras empresas siguieron adelante con el juicio.

Según el medio citado, en los documentos legales se indica que esto se hizo “sin controvertir que Büchi participó, al menos desde la entrada en vigencia de la Ley N°20.945 (febrero de 2017, que estableció la prohibición de interlocking) hasta la fecha de interposición del requerimiento (diciembre de 2021), en cargos de director y ejecutivo relevante en las tres requeridas, pero sí esgrimiendo como argumento central de su defensa que las requeridas no son competidoras entre sí”.

Consorcio informó a la Comisión para el Mercado Financiero la renuncia de Hernán Büchi en marzo de 2022, según señaló el Diario Financiero en su momento. Pero igual se arriesgaría sanción por la participación de este en tres directorios de empresas que competían entre sí.

La sanción que se busca a Banco de Chile y Consorcio

Según el abogado de División Litigios de la FNE, Adolfo Weber, se ha rendido pruebas abundantes que, de acuerdo a declaraciones rescatadas por el medio citado, acreditan “de forma clara y concluyente que Consorcio, Banco de Chile y Falabella, durante el periodo imputado, fueron empresas competidoras entre sí en la oferta de diversos productos y servicios financieros. Esto hace ilícita la participación de una misma persona como director o ejecutivo relevante en dichas compañías”.

Las dos empresas se dedican a la oferta de productos y servicios bancarios y prestación de servicios de intermediación de valores. Además, comercializan seguros de vida y degravamen. En ambos mercados, compiten con Falabella.

Por lo mismo, Banco de Chile y Consorcio tendrían un control que permitiría adoptar estrategias de negocios y acceder a información sensible. Por lo mismo, hacía incompatible la presencia de Büchi en sus directorios de forma simultánea.

La FNE espera que un fallo a su favor ante el TDLC permita “desestimar interpretaciones sostenidas por las defensas que permitirían eludir y defraudar fácilmente el sentido de la ley, confirmando el genuino sentido y alcance de la normativa”. En este último punto, refiere a capturar “todas aquellas situaciones de interlocking que generen serios riesgos para la competencia”.

Además, el fallo podría generar que Banco de Chile y Consorcio deban pagar millonarias multas que podrían llegar a aproximadamente US$3,6 millones y US$3,4 millones, respectivamente.

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