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17 de Agosto de 2024Corte rechaza recurso de amparo de presos de taller laboral contra Gendarmería: les quitaron herramientas tras riña que terminó con un recluso muerto
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La Corte de Apelaciones de La Serena rechazó un recurso de amparo interpuesto por 61 presos del módulo 42 de la penitenciaría Huachalalume en contra de funcionarios de Gendarmería del recinto, a quienes acusaron de vulneración de su libertad de trabajo y reinserción.
Según el Poder Judicial, los funcionarios carcelarios les quitaron sus herramientas de trabajo luego de una riña que terminó con uno de los reclusos muerto.
En un fallo unánime, la Corte consideró que en este caso no hubo actos arbitrarios ni ilegales.
El fallo de la Corte de Apelaciones en favor de Gendarmería
El fallo de la Corte de Apelaciones indica que “resultan justificadas y proporcionales a los hechos que la motivaron, a saber, la riña acontecida el cuatro de agosto de los corrientes al interior del módulo 42 del Complejo Penitenciario de La Serena y la muerte de un interno como consecuencia de ello”.
Añadió que “la ocupación con especies de diversa naturaleza y de potencial peligrosidad de espacios distintos a aquellos habilitados para la realización de trabajos, la que no se encontraba ajustada al régimen interno del Centro Penitenciario”.
El tribunal de alzada manifestó que “de acuerdo con lo informado por Gendarmería de Chile, las medidas adoptadas tienen un carácter transitorio, e inclusive algunos de los amparados han referido contar con herramientas y seguir realizando labores en los espacios autorizados dentro del módulo 42, tal como se desprende de las declaraciones acompañadas por la recurrida, lo cual abona a las consideraciones señaladas previamente”.
“Cabe hacer presente que conforme ha manifestado expresamente la recurrida tanto en su informe como en sus alegatos, en la actualidad no se contempla el traslado ni el cambio de módulo de ninguno de los amparados, por lo que desde esta perspectiva tampoco se advierte la necesidad de adoptar medidas de resguardo”, remarcó la Corte.
“Así las cosas, no existiendo acto ilegal o arbitrario alguno atribuible a la recurrida, ni privación, perturbación o amenaza a las garantías de libertad personal y seguridad individual, solo cabe desestimar el recurso”, cierra el ente.