Ciudad
3 de Octubre de 2025Corte Suprema ratifica expulsión de carabinero que chocó contra un poste manejando en estado de ebriedad
La Corte Suprema ratificó el fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que confirmó la expulsión de un ex Cabo 1° de Carabineros por conducir en estado de ebriedad y violar normas durante toque de queda, estableciendo que la sanción administrativa es independiente del sobreseimiento penal.
Compartir
Suscríbete al newsletter
La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que rechazó un recurso de protección presentado por un ex Cabo 1° en contra de Carabineros de Chile, quien cuestionó su baja por “conducta mala”.
Según el fallo, el 27 de septiembre de 2020, el exfuncionario —quien se encontraba de franco— “conducía su automóvil particular, en estado de ebriedad, perdiendo el control de éste, impactando un poste del alumbrado público”. Tras el accidente, lo trasladaron a urgencias del hospital local de Calama para constatar lesiones, “donde se negó a realizarse el examen de alcoholemia”.
Por lo anterior, la Prefectura El Loa ordenó iniciar un sumario administrativo, acusándolo de faltas señaladas en el Reglamento de Disciplina de Carabineros de Chile.
Alegatos cruzados sobre la sanción aplicada
El exfuncionario sostuvo que su baja por “conducta mala” fue ilegal y arbitraria porque la institución la fundó en hechos ocurridos en 2020, como manejar ebrio y vulnerar las normas sanitarias durante toque de queda, sin que existiera una condena en su contra, ya que lo sobreseyeron y el sumario no acreditó “debidamente los hechos imputados al actor”.
Además, el hombre afirmó que la sanción no estaba debidamente justificada, lo que vulneró sus derechos, como la presunción de inocencia y debido proceso, ya que le aplicaron la sanción más dura de la institución.
Desde Carabineros aseguraron que el sumario se “encuentra debidamente afinado, concluido, al haberse seguido todas y cada una de las etapas procesales administrativas que dispone la normativa reglamentaria, acto terminal que incluso fue sometido al examen de legalidad ante el ente contralor”.
Además, la institución afirmó que las faltas imputadas sí quedaron acreditadas en la investigación interna y que la sanción es independiente del juicio penal. Por eso, aunque lo sobreseyeron en tribunales, igualmente justificaron su baja por “conducta mala”, sobre todo porque la máxima autoridad de Carabineros confirmó la decisión.
El dictamen de la Corte
La Corte de Apelaciones de Antofagasta rechazó el recurso de protección porque no cumplía con los requisitos que exige la Constitución. Además, el tribunal aseguró que no podía constatar la vulneración alegada porque la autoridad competente adoptó la sanción usando las facultades que la ley le da.
El tribunal sostuvo que la resolución estaba bien fundamentada, pues detalló las etapas del procedimiento y la sanción aplicada. También recalcó que el sobreseimiento penal no impedía aplicar una sanción administrativa, pues esta última es “independiente de la responsabilidad penal y civil, de modo que la condena, el sobreseimiento o la absolución judicial, no excluyen la posibilidad de aplicar al funcionario una medida disciplinaria en razón de idénticos hechos”.
Por último, la Corte de Antofagasta señaló que no se vulneraba la prohibición de sancionar dos veces por lo mismo y recordó que Contraloría ya había confirmado la legalidad del sumario.
El exfuncionario apeló el fallo ante la Corte Suprema, pero el máximo tribunal lo confirmó.



