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BordeRío

Negocios

31 de Agosto de 2026

Consorcio Parque Río defiende legalidad de su propuesta por concesión de BordeRío tras retroceso de la licitación por orden de tribunal

“Estamos evaluando las acciones a seguir para defender la legalidad de que nuestra propuesta cumplió exactamente con las bases de licitación. Río Grande pretende ganar por secretaría una licitación que perdió por no cumplir con los requisitos arquitectónicos y paisajísticos mínimos”, indicó el gerente general del Consorcio Parque Río, Nicolás Alamo.

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Consorcio Parque Río respondió duramente a la decisión del Tribunal de Contratación Pública que acogió parcialmente una impugnación por la licitación de BordeRío dictaminando que la Municipalidad de Vitacura debiese retrotraer el proceso a la etapa de evaluación de las ofertas.

Esta impugnación fue presentada por Minera y Constructora Río Grande, que quedó segunda en el proceso.

“Estamos evaluando las acciones a seguir para defender la legalidad de que nuestra propuesta cumplió exactamente con las bases de licitación” indicó el gerente general del Consorcio Parque Río, Nicolás Alamo.

Recordó que la sociedad obtuvo la concesión de este lugar de gastronomía cumpliendo con todos los requisitos. “Hay suficiente jurisprudencia que respalda nuestros argumentos y también los que esgrimió el municipio ante el tribunal”, precisó.

Y añadió: “El fallo le dio la razón a la comisión evaluadora de que la propuesta perdedora fue deficiente y no cumplió con los requisitos técnicos exigidos en las bases de licitación. Río Grande pretende ganar por secretaría una licitación que perdió por no cumplir con los requisitos arquitectónicos y paisajísticos mínimos exigidos por la Municipalidad de Vitacura”.

De acuerdo con emol.com el tribunal especializado acogió el reclamo de Minera y Constructora Río Grande, cuestionando la corrección de la oferta realizada por la comisión evaluadora del municipio.

Parque Río había presentado una propuesta para los 180 meses de concesión, que era inconsistente con el aporte mensual de 258 UTM establecido. La comisión evaluadora corrigió esa cifra lo que el tribunal consideró improcedente.

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