Actualidad
17 de Marzo de 2020Luis Cordero: “Una cosa es que los alcaldes demanden medidas y otra es que se atribuyan competencias que no tienen”
Ante la serie de reacciones que levantaron las declaraciones del alcalde Rodolfo Carter de La Florida sobre el cierre del comercio y la posterior amenaza de clausura, volvió el debate sobre las atribuciones de las jefas y jefes comunales para atender la contingencia. En este contexto, The Clinic conversó con el experto en derecho administrativo sobre las frases del edil, el rol de las policías y la importancia de las decisiones a nivel local versus el gobierno central.
Compartir
Luis Cordero Vega, abogado, académico de Derecho Administrativo de la Universidad de Chile y director de Espacio Público es enfático en señalar que las decisiones frente a la crisis por el Coronavirus que está viviendo Chile deben nacer desde el gobierno central, sin embargo, en este contexto los alcaldes y alcaldesas parecen llevar la batuta.
Este lunes Rodolfo Carter alcalde de La Florida anunció que se suspenderian todo tipo de actividades comerciales que impliquen presencia de público con la advertencia de que los locales podrán ser clausurados si no cumplen con la orden, cuestión que fue duramente criticada y calificada como una “mala medida” por la Cámara de Comercio de Santiago.
El alcalde de la comuna de Santiago Centro, Felipe Alessandri, anunció el cierre indefinido del Parque O’Higgins, Quinta Normal y el Cerro Santa Lucía, lo mismo que su par Joaquín Lavín. Sin embargo, frente a las diversas medidas tomadas por las municipalidades, pioneras en operativos y ordenanzas, cabe preguntarse dónde terminan las atribuciones de los jefes comunales y comienza el populismo de las medidas imposibles.
¿Qué tan factible es que los alcaldes ordenen el cierre de los comercios y la posterior amenaza de clausura?
-Los alcaldes tienen competencias de clausura por incumplimiento de la legislación urbanística o por el incumplimiento de patentes, pero no por razones sanitarias. De hecho, el decreto de alerta sanitaria existe y a quien faculta por existir riesgo en la población en establecimientos es al Seremi de Salud, los alcaldes no tienen atribuciones para eso. Yo creo que las declaraciones del alcalde fueron un exceso retórico el día de ayer.
¿Solamente el Seremi puede decretar este tipo de cierres?
-En estas condiciones, y solo si es determinado tipo de establecimiento, que no es lo mismo que está pasando en España, Francia o Italia porque ahí se ha recurrido a una cosa similar a la que nosotros tenemos como Estado de excepción. En situaciones de crisis, con estas características, lo que tiene que suceder es que las legislaciones tienden a centralizar el poder para tomar decisiones uniformes cuando está en riesgo la población. Por ejemplo ahora en España es el Estado de alerta que sería el símil nuestro del Estado de catástrofe pero no estos mecanismos atomizados en que cada alcalde pueda hacer lo que quiera, por el contrario, cuando hay crisis de estas características, lo que se necesita es centralizar las decisiones para tener decisiones uniformes.
Sin embargo, en este contexto es normal que la gente le pida cosas a los municipios si a nivel central las autoridades no dan respuestas claras.
-Claro pero la pregunta es ¿Un alcalde puede prometer algo que no puede hacer? Yo creo que eso es lo delicado, nadie puede decir que no exista una competencia para cerrar establecimientos que pongan en riesgo la salud de las personas en este tipo de circunstancias pero hoy dia es una atribución que tiene el Seremi de salud precisamente.
Una cosa es que los alcaldes demandan un conjunto de medidas y otra es que ellos quieran atribuirse competencias que no tienen. Estaríamos a un paso de que también los alcaldes pudieran controlar los parques, que no es lo mismo que hizo Joaquín Lavín porque él cerró los parques municipales, no son de acceso público. Pero son parques municipales, que tienen cierre, es como cerrar el Parque O’Higgins porque tiene reja, no es como el Parque Forestal, porque no se puede impedir el libre tránsito por esa vía, esa es un decisión que en Chile opera bajo estados de excepción.
¿Qué pasa con otras restricciones al libre tránsito como la idea del “modelo islandés” y el toque de queda para las y los adolescentes?
-Es ese caso, la Contraloría también les dijo: “usted no puede hacer eso, es una facultad de la autoridad central” porque la libre circulación se restringe sólo en situaciones excepcionales. Lo que puede estar pasando, lo que se está demostrando en estos casos son los vacíos que nosotros tenemos para abordar hipótesis de éstas características. El Estado de catástrofe, que podría ser una alternativa, está pensado para catástrofes naturales, no para contingencias o epidemias sanitarias. Eso es lo que genera es esta fractura entre el alcalde o un grupo de alcaldes que tiene las demandas más próximas de los ciudadanos versus las decisiones de la autoridad central, ahora en este caso en particular es todavía un poco más complejo porque el confinamiento depende de la voluntad de las propias personas entonces cuando no funciona el Estado tiene que adoptar una decisión que fuerce ese confinamiento y la única manera de hacerlo es un Estado de Excepción, ese sería el punto.
¿Qué tan creativos se podrían poner los alcaldes?
-Cuando usted ve los anuncios de los alcaldes, son anuncios sobre sus acciones municipales, como los establecimientos municipales o bien asistir a los adultos mayores de la comuna. Son acciones que están desde alguna atribución o posición en la que están al dejar disponibles los establecimientos o cerrar recintos que son de su administración, pero no imponer el ejercicio o cierre que les corresponden a otras autoridades.
¿Dónde está el límite de las atribuciones de los municipios?
-Ese es un ejemplo de que los alcaldes dicen “no tengo policia suficiente, voy a instalar mi propia policía”, que han sido las discusiones que hemos tenido en el pasado y esto demuestra que los municipios no son gobiernos locales, son administradores de bienes y recursos a nivel local y lo que han estado mostrando, no solo en esta crisis, sino que también en la anterior es que a nivel local pareciera que los alcaldes debieran tener un conjunto de mayores atribuciones, no digo exactamente para este tipo de hipótesis pero que les permita tener posiciones más proactivas. Nosotros más que tener gobiernos locales, lo que tenemos son simples administradores municipales, entonces más allá de la buena voluntad de los alcaldes hay ciertos límites que no pueden sobrepasar porque o sino lo que producen es una gran atomización de decisiones porque en vez de tener decisiones integradas, cada alcalde podría tomar la decisión que se le antoja cuando tuviera un problema colectivo.
Volviendo al tema de las policías municipales ¿Cuáles son los límites de sus atribuciones en este tipo de contingencias?
-La única labor de policía es la policía nacional. Esto ha sido una disputa por largos años y por eso la municipalidad solo puede colaborar en materias de seguridad ciudadana, las municipalidades no tienen poder de policía ni pueden ejercer facultades de orden público y portar armas. Todos estos temas se han discutido extensamente con anterioridad en la jurisprudencia de la Contraloría, los municipios siempre han querido tener más atribuciones pero está claro que son solo colaboradores más que seguridad ciudadana, por eso pueden tener motos o vehículos que rondan pero no tienen facultad para detener o ejercer acciones de orden público.
¿En definitiva, cómo cree que deberían actuar los gobiernos locales en este tipo de crisis?
-En este tipo de crisis deberíamos operar más bien a la inversa, y los alcaldes han estado operando como canalizadores de esa demanda más colectiva y uniforme creo yo. España y Francia son súper buenos comparativos porque las medidas más drásticas tienen que venir del gobierno central, los gobiernos locales por más voluntad que tengan no tienen esa capacidad para tomar esas decisiones, sobre todo en una crisis sanitaria. Más allá del alcalde Carter, él comprenderá que el virus no reconoce límites comunales, por eso necesita tener decisiones nacionales o de mayor magnitud que la estrictamente local.