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La Convención

22 de Febrero de 2022

¿Qué es el Consejo Territorial? La propuesta para reemplazar al Senado que generó consenso desde los Movimientos Sociales hasta la DC

Los miembros de este nuevo órgano serán elegidos cada cuatro años y será encabezado por el vicepresidente de la República. Cada región tendrá el mismo número de escaños, los que deberán cumplir los criterios de paridad y plurinacionalidad.

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Un grupo de 12 convencionales de la comisión de Sistema Político llegó a un acuerdo: reemplazar el Senado por un Consejo Territorial.

Representantes que van desde la Democracia Cristiana hasta los Movimientos Sociales firmaron la propuesta.

Estos son: Alondra Carrillo y Alejandra Flores (MSC); Francisca Arauna (ex-LdP); Bárbara Sepúlveda (PC); Fernando Atria y Constanza Schönhaut (FA); Ricardo Montero y Maximiliano Hurtado (PS); Patricia Politzer y Guillermo Namor (INN); y Fuad Chahin (DC).

La pila de indicaciones debe ahora discutirse en la comisión de Sistema Político. Se estima que el pleno de la Convención las vote a mediados de marzo, coincidiendo con el cambio de mando.

¿Qué es el Consejo Territorial?

El Consejo Territorial se define como “el órgano paritario y plurinacional de representación territorial”. Funcionará de manera paralela al Congreso Plurinacional, nuevo nombre que recibe la Cámara de Diputados.

Cada región tendrá la misma cantidad de escaños. Sus miembros se eligen por votación popular cada cuatro años y podrán ser reelectos sucesivamente hasta por un período.

Los comicios tendrán lugar dos años después de cada elección presidencial y parlamentaria. Es decir, se elegirán junto a las autoridades municipales y regionales.

El número de escaños será determinado por ley, sin embargo, no podrá ser inferior a tres por región, para cumplir con el criterio de paridad. Además, se incluirán escaños reservados para pueblos indígenas.

Su principal labor es la formación de “leyes de acuerdo regional”.

¿Qué son las leyes de acuerdo regional?

Las leyes de acuerdo regional son seis:

1. Las relativas al presupuesto anual.

2. Las relativas a la elección, designación, competencias, atribuciones y procedimientos de los órganos y autoridades de las entidades territoriales.

3. Las que establezcan los mecanismos de distribución fiscal y presupuestaria.

4. Las que alteren la división política o administrativa del país.

5. Las que reformen el texto constitucional en aquellas materias relativas a la elección, designación, competencias, atribuciones y procedimientos de los órganos y autoridades de las entidades territoriales.

6. Las demás que esta Constitución califique como de acuerdo regional.

Las leyes de acuerdo regional deberán ser aprobadas “en el más breve plazo desde que fueren recibidas”, señala el texto.

De no hacerlo, se entenderá que el Consejo aprueba el proyecto, salvo en el caso de la Ley de Presupuesto Anual.

Si el Consejo Territorial niega su aprobación, podrá formular enmiendas que serán remitidas al Congreso Plurinacional.

El vicepresidente y el ministro de Gobierno

En el texto también se logra consenso en que las futuras elecciones presidenciales serán con un modelo de binomio: Presidencia y Vicepresidencia, como en EE.UU.

El vicepresidente de la República, entre otras funciones, presidirá el Consejo Territorial. Será el encargado de dirigir las sesiones, aunque solo tendrá derecho a voz.

Además, se crea la figura del ministro de Gobierno que será nombrado por el Presidente de la República.

Esta tercera autoridad del Ejecutivo es el encargado de coordinar la relación política del Gobierno con el Congreso Plurinacional y el Consejo Territorial.

Además, es el encargado de ejercer la coordinación política de los ministros de Estado. Incluso, podrá designarlos a áreas específicas del gobierno.

El ministro de Gobierno tendrá la obligación de asistir, al menos una vez al mes, al Congreso Plurinacional a rendir cuentas del avance del Gobierno. También deberá hacerlo al final de cada año legislativo.

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