Secciones

Más en The Clinic

The Clinic Newsletters
cerrar
Cerrar publicidad
Cerrar publicidad

La Convención

14 de Abril de 2022

Reelección del Presidente, fin del Senado y creación de la Cámara de las Regiones: los puntos claves aprobados en el pleno de la Convención sobre sistema político

Los puntos claves aprobados en la Convención sobre sistema político AGENCIA UNO

Entre los principales cambios se encuentran ajustes al Poder Legislativo y alteraciones relativas al cargo del Presidente de la República.

Por The Clinic

Este 13 de abril se transformó en una de las jornadas más importantes al interior de la Convención Constitucional, donde se decidió el destino de instituciones como el Senado de la República o los alcances que tendrá el cargo más importante del país en materias de Sistema Político: el del Presidente.

El pleno del órgano constituyente votó sobre las propuestas presentadas desde el Comisión de Sistema Político, las cuales habían tenido un amplio rechazo durante sus primera discusión en sala. De esta forma, a raíz de una serie de acuerdos entre constituyentes, se logró generar un acuerdo mayoritario en torno a una línea de temáticas relativas al rol que tendrán los poderes del Estado.

Así, se llegó finalmente a lo que se denominó como un “Gran acuerdo“. En este participaron gran parte de los colectivos que están en la Convención. Sin embargo, dejaron fuera tanto a la derecha como el Colectivo del Apruebo.

En este contexto en The Clinic agrupamos los propuestas claves que fueron aprobadas para el borrador de nueva Constitución. Es decir, aquellos que se acordaron por mayoría y que estarán en la propuesta que se deberá plebiscitas el 4 de septiembre de 2022.

Fin del Senado y la creación de la Cámara de las Regiones

Uno de los puntos claves de la noche fue el fin del Senado tal cual lo conocemos. En su reemplazo se creará una llamada Cámara de las Regiones. En su detalle la Convención, que decidió sobre este punto clave de la Comisión de Sistema Político, le entregó facultades muy distintas a las que actualmente realiza.

Entre lo establecido se especifica que será “un órgano deliberativo, paritario y plurinacional de representación regional, encargado de concurrir a la formación de las leyes de acuerdo regional y de ejercer las demás facultades encomendadas por esta Constitución”.

Sus atribuciones, aunque falta mayor definición, serán muy distintas a las que actualmente le corresponde al Senado. De hecho, los procesos legislativos muy pocas veces quedarían en manos del esta Cámara. Así, gran parte del rol relativo a la formación y modificación de leyes recaerá en la Cámara de Diputados.

El rol de la Cámara de Diputados

Uno de los elementos claves que se definió durante la tarde de este miércoles 13 de abril fue la relevancia que tendrá en la nueva Constitución la Cámara de Diputados. De esta forma, se le entregó una serie de facultades. Entre las principales se encuentran la fiscalización al Presidente de la República.

De esta forma, cumplirá un rol similar al que actualmente realiza. Asimismo, entre su trabajo se encuentra el “adoptar acuerdos o sugerir observaciones, los que se transmitirán por escrito a la o el Presidente de la República. Dentro de los treinta días contados desde su comunicación, la o el Presidente deberá dar respuesta fundada por medio de la o el Ministro de Estado que corresponda”.

El o la Presidente de la República

Uno de los elementos claves que se decidió desde la Comisión de Sistema Político en la Convención giró en torno al Presidente. Así, con 105 votos a favor y solo 16 en contra se aprobó mantener el cargo del actual mandatario. De esta forma se señala que “el gobierno y la administración del Estado corresponden a la Presidente o Presidente de la República“.

Junto a esto se especifica que cada 5 de julio deberá realizar su cuenta pública. Una importante modificación teniendo en cuenta el usual sistema que, desde 1990, se realiza cada 11 de marzo.

Asimismo se aprobó la idea de que la edad mínima para un jefe de La Moneda pueda ser desde los 30 años. Se reduce, de esta forma, el actual rango que se encontraba en los 35 años de edad. También se detalla, como requisito, “tener nacionalidad chilena, ser ciudadana o ciudadano con derecho a sufragio”.

En otra línea se dio un importante cambio relativo al gobierno. Esto ya que se aprobó la idea de que “la o el Presidente durará cuatro años en el ejercicio de sus funciones, tras los cuales podrá ser reelegido de forma inmediata o posterior. Solo una vez”.

Se especificó, adicionalmente, el las atribuciones que tendrá para realizar decretos con fuerza de ley. Así, se señaló que “esta autorización no podrá extenderse a derechos fundamentales, nacionalidad, ciudadanía, elecciones y plebiscitos”.

Asimismo “la autorización nunca podrá comprender facultades que afecten a la organización, atribuciones y régimen de los funcionarios del Sistema de Justicia, del Congreso de Diputadas y Diputados, de la Cámara de las Regiones, de la Corte Constitucional, ni de la Contraloría General de la República”, se agrega, entre otras funciones.

VOLVER AL HOME

Notas relacionadas

Deja tu comentario