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Mapa Constituyente

18 de Agosto de 2022

Las instituciones autónomas en Mapa Constituyente: cómo funcionarían de acuerdo a la propuesta de Nueva Constitución

Agencia Uno

En una alianza de Ladera Sur, The Clinic, Súbela y Mi Voz, llega Mapa Constituyente, un programa de entrevistas donde te ayudamos a entender mejor las temáticas más relevantes del texto final de la Nueva Constitución. En esta nueva entrega de Mapa Constituyente, conversamos sobre las instituciones autónomas incluidas en el texto emanado desde la Convención.

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El Consejo Nacional de Televisión, el Ministerio Público, el Servicio Electoral y la Contraloría General de la República son todos entes autónomos consagrados por la Constitución vigente. La discusión sobre cómo abordarlos en el texto propuesto no quedó exenta de polémica. Para conocer su alcance, en esta entrega de Mapa Constituyente revisamos las instituciones autónomas. 

José María del Pino, editor de Súbela Radio, conversó en este capítulo con Marian Barreaux, asesora de la Convención Constitucional e integrante de la Plataforma Contexto UDP, y con Camilo Sánchez, investigador del Instituto Res Pública, para despejar todas nuestras dudas.

¿Qué entendemos por instituciones autónomas?

De acuerdo con Marian Barreaux, la principal característica de los órganos autónomos “es que no están ligados o no los encontramos dentro de los ‘poderes clásicos’”. O sea, dentro del Poder Legislativo, el Ejecutivo o el Judicial. “No obstante, deben tener labores de coordinación, porque son parte del Estado, pero para su funcionamiento y términos presupuestarios tienen autonomía”.

En otras palabras, “no están supeditados a otros órganos ni reciben instrucciones, lo que sería una garantía para realizar ciertas labores que hemos decidido que estén sustraídas de, por ejemplo, el quehacer de la política”.

“Los que más conocemos son la Contraloría General de la República o el Banco Central, que vendrían a ser órganos autónomos de control. Por la labor que hacen, queremos que no dependan de otros poderes. Ahora, hay otros órganos autónomos, de los que quizás hablamos menos, como el Consejo Nacional de Televisión”, sumó la abogada.

Por su parte, Camilo Sánchez explicó que las teorías de separación del poder “tratan de explicar que, dentro de un Estado, tienen que existir distintos órganos o poderes que ejerzan ese poder unitario del Estado, para evitar que quede en manos de sólo una persona”.

“Pero llegó un momento de la historia que nos dimos cuenta que no bastaba con que el poder se distribuyera sólo entre los poderes clásicos. Nace la necesidad de crear otros organismos que fueran autónomos y ejercieran labores de control”, explicó el investigador. Además, agregó que “otros órganos atienden necesidades distintas, como el Consejo Para La Transparencia”.

Autonomía… ¿consagrada?

Uno de los puntos que debatieron los expertos en esta versión de las instituciones autónomas en Mapa Constituyente fue si efectivamente su independencia queda bien consagrada en la propuesta de nueva Constitución.

Al respecto, Barreaux sostuvo que la autonomía de estos órganos queda bien consagrada en el texto. “En el caso de los órganos autónomos tradicionales no es tanta la innovación. En lo que se refiere al Banco Central, muchos aspectos que estaban regulados en la ley pasan a la Constitución”.

Sin embargo, señaló que “hubo ciertos cambios, por ejemplo, en la remoción, que era un mecanismo bien complicado. (…) Otros casos, como el de la Corte Constitucional, podríamos decir que se asegura de mejor forma la autonomía, porque hay un órgano autónomo que crea esta propuesta, que es el Consejo para la Justicia”.

Este último “es un muy buen ejemplo para entender lo que significan los órganos autónomos y por qué queremos que cumplan cierta labor. El Consejo de la Justicia va a estar encargado del nombramiento de jueces y juezas del país, que antes se realizaba por otros mecanismos” que, en su opinión, afectaban la autonomía interna del Poder Judicial.

En tanto, a Sánchez, la forma en que se consagró la autonomía del Banco Central no lo termina de convencer. “Las autoridades que, con la Constitución actual, pueden solicitar la remoción de los consejeros del Banco Central se amplían. Muchos decimos que no se consagra con autonomía fuerte porque se amplía a la Cámara de Diputadas y Diputados”.

De esta manera, “una instancia cuyo trabajo es técnico y profesional, como es el Banco Central, quedaría a merced de los vaivenes políticos de la sociedad, a través de una solicitud de destitución de consejeros. Eso ya es un acto político que genera inestabilidad”.

Sobre el Consejo de la Justicia, el investigador señala que “no nos dicen que tiene una integración política. Sólo ocho de sus 17 miembros forman parte de lo que conocíamos como Poder Judicial”. “Todos los demás son cargos designados por políticos, incluyendo dos escaños reservados de pueblos originarios”, recalcó.

“Respecto de esos dos ejemplos yo no veo cómo la propuesta de Nueva Constitución asegura esta autonomía, vía resguardo de las personas que ejercen el poder dentro de dichas instituciones. Creo que quedan aún más expuestas para ser acusadas y para que el poder político intervenga”, sostuvo.

El Servicio Civil en las instituciones autónomas

El rol del servicio civil en las organizaciones independientes fue otro de los temas sobre los cuales debatieron los expertos.

Sánchez expuso que “la idea de Servicio Civil se regula dentro del capítulo de ‘Buen gobierno y función pública’. La discusión en relación a ello se relaciona con cuál es el modelo de función pública, la distinción entre la carrera funcionaria y los sistemas de ‘laboralización’ de la función pública”.

“Hubo propuestas dentro de la Convención que intentaron consagrar una especie de carrera funcionaria, pero con normas del sector privado. Esto, con tal de permitir que funcionarios tengan beneficios, como existen en todos lados, pero también estén sujetos a la responsabilidad propia de un trabajador cuando no hace la pega”, sumó.

De esa manera, cuando no se brinda un buen servicio, “el Estado debe tener la posibilidad de remover a esos funcionarios de los puestos de trabajo o de aquellos programas que no están rindiendo frutos”. “Yo hubiese preferido que se consagrara con más normas de esta especie de laboralización de la función pública”, agregó.

Para Barreaux, “hay un reforzamiento de lo que es la probidad. Por ejemplo, hay mecanismos y garantías específicas para las denuncias de corrupción. Está en ese contexto situado cuándo empezamos a hablar de órganos autónomos como el Servicio Civil o el Consejo Para la Transparencia”. Con ello, sostiene, “el estándar es más alto”.

Las Defensorías dentro de la propuesta

El último tema que abordaron los expertos en esta edición de instituciones autónomas de Mapa Constituyente fue la instauración de defensorías al interior del texto. Es decir, la ya conocida Defensoría de la Niñez y las nuevas defensorías del Pueblo y de la Naturaleza.

Al respecto, Barreaux explicó que estas instancias “están en el capítulo de Derechos Fundamentales (de la propuesta). Entendemos que no basta solamente con tener una serie de derechos, sino también garantías. Las defensorías a eso están llamadas”.

Asimismo, destacó que “en el caso de la Defensoría del Pueblo, la participación de la sociedad civil en el nombramiento de ciertos miembros. El defensor o defensora sigue los mecanismos típicos de nombramiento en virtud de los distintos poderes y mecanismos de remoción súper exigentes”.

Sánchez, sin embargo, discrepó duramente, asegurando que “la deuda no es la creación de instituciones, sino que la protección de los derechos que dichas instituciones garantizan”.

De esta manera, “mucho se ha criticado sobre la excesiva creación de instituciones en esta nueva Constitución. Dice relación con dos cosas principales: una excesiva regulación y un gran gasto público”.

Mapa Constituyente es una alianza de The Clinic con Mi Voz, Súbela y Ladera Sur, donde entregamos contenidos que nos permitan navegar por los debates que ha generado la propuesta de Nueva Constitución.

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