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Nacional

7 de Octubre de 2022

Minera Ojos del Salado arriesga millonarias multas por socavón en Tierra Amarilla: Superintendencia de Medioambiente formuló cuatro cargos en su contra

Agencia UNO

Principales infracciones son por sobre extracción de mineral y construcción de obras en zonas diferentes a las aprobadas ambientalmente.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) formuló cuatro cargos contra Minera Ojos del Salado, tras la aparición de un socavón en Tierra Amarilla. La empresa es titular del proyecto “Continuidad Operacional Mina Alcaparrosa” (cercano a la comuna) y arriesga millonarias multas. Fue ahí donde apareció el curioso hoyo de más de 60 metros de profundidad a fines de julio.

Al respecto, el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra, explicó los orígenes del proceso sancionatorio. “Se inicia luego de analizar toda la información recabada en terreno (…) junto a los reportes entregados por la minera en el marco de Medidas Provisionales dictadas pocos días después de la aparición del socavón”.

La evidencia de los cargos

En cuanto a las cuatro infracciones levantadas, una fue clasificada como grave, específicamente una sobre la extracción de mineral en Mina Alcaparrosa, lo cual se constata en el incumplimiento de la tasa de producción durante 2019. La segunda es gravísima, y dice relación con la modificación de la infraestructura minera ambientalmente evaluada generando afectación en el acuífero del Río Copiapó.

Esto, justificado con dos evidencias:

a) La modificación del sistema de drenaje subterráneo, con la incorporación de piscinas subterráneas en los niveles 335, 270 y 205 (para manejar aguas afloradas);

b) Ejecutar infraestructura minera hasta el nivel 350 en el sector Gaby, cercanas al nivel freático del acuífero del Río Copiapó. Este último cargo habría generado un daño ambiental irreparable en el acuífero.

“La instructora del caso y la investigación de la oficina regional permitió vincular el socavón con la sobre extracción de mineral. Además, cuando ocurrió el evento comenzó a filtrarse dentro de la mina grandes cantidades de agua desde lugares donde la empresa intervino más allá de lo considerado en la evaluación ambiental”, añadió Ibarra.

Además, se formularon dos cargos leves por incumplir las condiciones para el transporte de mineral. Se operó camiones con tonelaje superior al establecido en Resolución de Calificación Ambiental (RCA) N°158/2017. Y tampoco obtuvieron la autorización de Vialidad para tránsito con sobrepeso por caminos públicos.

La última acusación fue por cambiar el destino de recepción del mineral ambientalmente evaluado. En el permiso ambiental se planificó que se llevaría en su totalidad a la faena Mina Candelaria, pero no fue así.

Posibles multas

Las infracciones leves pueden ser objeto de multas hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En tanto, las graves pueden ser multadas con hasta 5.000 UTA, clausura o revocación de la RCA. Respecto a las gravísimas, el titular arriesga la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA).

En total, la empresa arriesga una multa de hasta 17.000 UTA. Un valor que sobre los $12.300 millones.

Sobre lo anterior, Ibarra indicó que “con esta formulación se abre un procedimiento donde deberá ponderarse la visión de la comunidad; la de la Municipalidad que es parte interesada en el caso; y las defensas que presente la empresa. Para luego tomar la decisión y determinar las sanciones que corresponden aplicar”.

¿Qué significa esta formulación de cargos?

Marca el inicio de un procedimiento sancionatorio en la SMA. Tras la formulación, el infractor cuenta con dos vías:

  1. Presentar descargos o su defensa en 10 días hábiles, tras lo cual continúa el proceso hasta una eventual sanción o absolución.
  2. Presentar un Programa de Cumplimiento (PdC). Es decir, un plan de acciones y metas que buscan que la empresa corrija sus infracciones y se ponga al día con la normativa ambiental aplicable. Si la empresa cumple su PdC, termina el sancionatorio sin multa. Si lo incumple, se reinicia el sancionatorio, y el infractor arriesga hasta el doble de la multa original.

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