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TVN explicó decisión de sacar a Matías del Río de Estado Nacional

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21 de Enero de 2023

Justicia rechaza con costas recurso de protección contra TVN por presunta censura y exclusión de Matías del Río en programa Estado Nacional

TVN salió a aclarar que el alejamiento de Matías del Río del programa Estado Nacional no se debió a cuestiones políticas, puesto que es natural para la estación televisiva hacer cambios de conductores. Aquí mencionan a profesionales que pasaron por la conducción, como Monserrat Álvarez, Juan José Lavín, Andrea Arístegui, Mónica Rincón, entre otros.

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La Corte de Santiago rechazó con costas el recurso de protección presentado por el abogado Pedro Orthusteguy en contra de TVN por la presunta censura y exclusión del periodista Matías del Río en la conducción del programa Estado Nacional, que se emite los días domingo de cada semana.

Según consigna el Diario Constitucional, la acción judicial presentada por el jurista en nombre de Del Río fue dirigida en contra del directorio del canal y de su presidente, Alfredo Ramírez.

El abogado aseguró que cuando lo apartaron de la conducción del programa, la determinación se basó en causas políticas. Orthusteguy recoge unos tuits de Daniel Stingo y Nivia Palma -miembro del directorio de TVN- en las que deslizarían que el ex CHV no tendría buena llegada en materia política para los simpatizantes del Apruebo .

Cuestiona, además, que justo el día en el que cesan a Del Río, la invitada al programa era justamente la por ese entonces ministra del Interior, Izkia Siches.

Pues bien, TVN salió a aclarar que el alejamiento de Matías del Río del programa Estado Nacional no se debió a cuestiones políticas, puesto que es natural para la estación televisiva hacer cambios de conductores. Aquí mencionan a profesionales que pasaron por la conducción, como Monserrat Álvarez, Juan José Lavín, Andrea Arístegui, Mónica Rincón, entre otros.

Agregó que ningún director del canal estuvo accionando en esta modificación del programa y que, incluso, todos ellos se enteraron una vez realizado el cambio.

Por su parte, afirman que Matías del Río regresó al programa y que él mismo aseguró que estos movimientos son del todo legítimos. Solo hizo sus reparos en manifestar que la decisión se pudo informar de otra manera.

TVN apunta también que el recurso pierde fuerza si Del Río ya está de regreso en el programa, por lo que no se entiende qué se busca con esa acción judicial.

Pues bien, la Corte afirma en su fallo que “la acción impetrada carece de peticiones concretas. En efecto, si bien la fundamentación del recurso hace alusión a la garantía constitucional del artículo 19 N° 12 de la Carta Política, lo cierto es que no indica cuáles son las medidas que esta Corte debe ordenar a fin de reestablecer el imperio del derecho, cuestión esencial en toda acción de protección”.

Añadió que “bajo esa misma línea, se observa que la petitoria del recurso de protección contiene una invocación “por todos aquellos ciudadanos chilenos que han visto gravemente vulnerados y violentados su derecho a ser informados” (sic). Sobre el punto se debe recordar que la acción de protección, no es una acción de naturaleza popular, si no que exige en su interposición precisar quien o quienes – de forma concreta – resultan lesionados en el pleno goce de los derechos fundamentales protegidos por esta acción Constitucional. De tal forma, la referencia indeterminada a los “ciudadanos chilenos” no resulta procedente, más aún cuando no puede verse afectado, de forma genérica, el derecho a ser informado, si el programa en cuestión se mantuvo en la parrilla programática”.

“Resultó ser un hecho público y notorio, que el Periodista en cuestión retomó la conducción del programa, dejando sin efecto la decisión editorial adoptada en su oportunidad, por lo que el arbitrio pierde oportunidad, ya que los hechos que dieron origen a este libelo, no se continuaron materializando con posterioridad”, cerró.

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