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Barrio Lastarria

Ciudad

24 de Julio de 2024

Restaurante de Barrio Lastarria es multado por repartir propinas: fiscalización acusó que garzones más antiguos se quedaban con más plata

La fiscalización de la Inspección del Trabajo al local terminó en una multa de 10 UTM debido a que por “distribuir las propinas entregadas por los clientes a los trabajadores que cumplen funciones de garzones y runner, en el establecimiento Bocanariz”.

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La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de nulidad presentado por la empresa gastronómica Santiago Wine SpA y confirmó la multa de 10 UTM ($659.670) al restaurante Bocanariz del Barrio Lastarria, por repartir la propina de los trabajadores.

La sanción se remonta a febrero de 2022, cuando la Inspección del Trabajo cursó una multa al establecimiento. El motivo de la infracción fue “distribuir las propinas entregadas por los clientes a los trabajadores que cumplen funciones de garzones y runner en el establecimiento Bocanáriz”.

Esta práctica infringe el artículo 64 del Código del Trabajo. Este dispone que las propinas no se podrán distribuir. Ya que es una “facultad que solo recae en los trabajadores que las reciben del cliente, las que se entenderán de su propiedad”.

Tras la multa, el representante legal del local gastronómico compareció ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Esto con la intención de dejar sin efecto la multa de 2022.

El representante negó la existencia de la infracción. Según su versión, “pues no ha distribuido propinas, siendo los trabajadores quienes han acordado la distribución de estas firmando el correspondiente acuerdo, entre ellos, designando a una persona de cocina y otra de salón a cargo de ver el pago de las propinas”.

Esta acción fue rechazada por el Juzgado de Letras y se considero que la multa de 10 UTM estaba pronunciada conforme a derecho.

La resolución

La acción judicial no quedó ahí. La empresa domiciliada en Barrio Lastarria, presentó un recurso de nulidad que finalmente fue rechazado por la Corte de Apelaciones.

El tribunal sostiene en el fallo que no hay certezas de que el Reglamento de Propinas interno del restaurante Bocanáriz tenga su origen en el acuerdo de los trabajadores habiéndose denunciado anónimamente que la repartición de tales montos se hacía en desmedro de los garzones nuevos en relación a los antiguos, según consigna el Diario Constitucional.

Además, agrega que con ocasión de la fiscalización ocurrida el 14 de febrero del año 2023 en dependencias del local,se concluyó que ninguno de los trabajadores conocía la identidad de los garzones que habrían redactado el Reglamento del local de Lastarria.

Otro antecedente es que, conforme a la cláusula 20, el Reglamento debía ser revisado anualmente en el mes de mayo. Sin embargo, ninguno reconoció haber participado en alguna reunión para tal efecto.

Finalmente, la Corte determinó que el reclamo “más bien se aviene con un recurso de apelación que de nulidad”. Esto, ya que los argumentos no guardan relación con la causal que hace valer y corresponden al desacuerdo con lo decidido por el juez.

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