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Isapres
Imagen referencia. Foto: Agencia UNO

Ciudad

3 de Diciembre de 2024

Pago de isapres: abogado explica cómo solicitar devolución de excedentes en un solo depósito, pero advierte pérdida de dinero para solicitantes

La opción del "pronto pago" que se habilitó en la ley para que las isapres puedan devolver los excesos en una sola cuota aún no queda claro del todo. Lo cierto es que existirán descuentos en los pagos en caso de adherirse a esta opción, y que dependerá de la situación financiera de cada aseguradora. El académico de la Universidad Finis Terrae, Tomás Valenzuela, resuelve dudas sobre este proceso.

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La devolución de excedentes por parte de las isapres ha dejado más dudas que respuestas. El proceso que comienza a partir de este mes, ha sido cuestionado por las extensas cuotas en que las aseguradores pretenden devolver los excesos cobrados a sus afiliados.

En muchos casos, la situación ha generado descontento. Hay personas que han denunciado que recibirán menos de 300 pesos al mes en cuotas. También se registran casos de personas que recibirán montos no elevados entre cinco y trece años. Pero también se reveló que hay una opción para las personas que no quieran esperar recibir sus excedentes en múltiples cuotas.

Se trata del “pronto pago”, modalidad que permite a las isapres acordar el pago total de la deuda en una cuota, pero aplicando un descuento. De todas maneras, esto considera la capacidad financiera de la aseguradora, y deberá ser ofrecido previamente por estas.

Pese a que aún quedan dudas sobre el pago, el profesor de derecho administrativo de la Universidad Finis Terrae, Tomás Valenzuela, resuelve algunas dudas sobre lo que se sabe del pronto pago.

Dudas y respuestas del “pronto pago” que ofrecen las isapres

—¿Cómo es el proceso para las personas que quieran solicitar la devolución anticipadamente?

—La ley señala que las isapres podrán ofrecer acelerar el pago de la deuda o de una parte de ella, con un descuento por la preferencia temporal en el pago, que no puede exceder el interés máximo convencional (cerca de un 25%). Es opcional para la isapre ofrecer este mecanismo, lo que debe informar en el plan de pago presentado, lo que puede ser consultado en cada una de las isapres. En caso de establecerse esta opción, el afiliado debe acercarse a su institución.

—¿En cuánto tiempo podría reducir la espera?

—La ley no señala límites, pudiendo convenirse un pago único o parcial según sea el acuerdo al que se llegue con la Isapre.

—¿Hay claridad respecto a cómo debería concretarse la devolución en caso de solicitar este formato?

—La ley no señala el mecanismo para el pago anticipado. Sí estableció la Superintendencia de Salud que el acuerdo debe constar por escrito. La forma de pago puede ser convenida con la isapre, pudiendo ser, por ejemplo, el depósito en la cuenta del cotizante u otra forma de pago.

—¿Es conveniente para las personas solicitar esta devolución anticipada?

—La conveniencia dependerá de la economía de cada familia. Pues en caso de estar disponible y solicitarse esta devolución anticipada, la isapre puede aplicar un descuento de hasta un 25%, lo que disminuye el monto total a recibir.

—¿Tiene alguna “letra chica” el pronto pago?

—No tiene letra chica, pero se recomienda consultar con su respectiva isapre si está disponible este mecanismo y en qué condiciones. De todas maneras, conviene tener en cuenta que en caso de haber disconformidad con los cálculos realizados por la Isapre, es posible realizar reclamos ante la Superintendencia de Salud.

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