Buscar
Entender es todo
cerrar

Ciudad

8 de Octubre de 2025

SMA aplica multa por $30 millones a viñedo de Isla de Maipo por incumplimiento en monitoreo ambiental

La Superintendencia de Medio Ambiente sancionó con 37 UTA a Viñedos y Bodegas Las Pircas Limitada por no reportar los autocontroles exigidos en su Programa de Monitoreo de residuos industriales líquidos, afectando la supervisión del tratamiento ambiental de sus descargas.

Por
Compartir

El martes 7 de octubre, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) multó con 37 UTA —más de $30 millones— a la empresa Viñedos y Bodegas Las Pircas Limitada, ubicada en la comuna de Isla de Maipo, por no reportar los autocontroles exigidos en su Programa de Monitoreo de residuos industriales líquidos (RILES).

Esta compañía, dedicada a la producción de vinos, cuenta con un sistema de tratamiento RILES que necesita una autorización ambiental (RCA) y una resolución de la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Esta última establece un Programa de Monitoreo para las descargas de residuos líquidos industriales provenientes del proceso de vinificación.

Asimismo, dicha resolución define qué parámetros deben medirse, el cumplimiento de ciertos límites máximos y rangos permitidos, y obliga a presentar mensualmente los informes de auto control.

Estos informes obligatorios buscan evitar que las aguas de ríos, canales y marinas superficiales se contaminen con residuos líquidos industriales. Para ello “establece la concentración máxima de contaminantes permitida para residuos líquidos descargados por las fuentes emisoras (…). Con lo anterior, se busca mejorar sustancialmente la calidad ambiental de las aguas”, se explica en la Resolución Sancionatoria.

Durante las fiscalizaciones realizadas por la SMA, se comprobó que la empresa productora de vinos no reportó los monitoreos de autocontrol establecidos en su Resolución de Programa de Monitoreo entre abril y diciembre de 2023.

En específico, la compañía no ingresó al Sistema de Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC) los reportes del Punto 1 Canal Fajardino ni los informes de laboratorio respectivos.

Respecto a este caso, la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, señaló que “esta sanción se asocia al incumplimiento del programa de monitoreo de RILES y de la norma de emisión para contaminantes asociados a estas descargas, considerando que, al no reportar los autocontroles, se obstaculiza la verificación del funcionamiento del sistema de tratamiento“.

Notas relacionadas

Salir de la versión móvil