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Actualidad

6 de Noviembre de 2020

Fundación Datos Protegidos sobre información personal de retiro de fondos entregada a Briones: “Contraloría deberá determinar si fue ilegal o no”

Mucha suspicacia ha levantado la solicitud del Ministerio de Hacienda por datos personales como nombre, RUT y monto solicitado de quienes recurrieron al primer retiro del 10% de los fondos de AFP. Si bien las sospechas iniciales apuntaban al uso de dicha información -en tanto el ministro Briones siempre se ha declarado como un férreo opositor a la medida- también se levantan dudas en términos legales. En diálogo con The Clinic, la directora de la Fundación Datos Protegidos, Jessica Matus, formula algunas preguntas que siguen sin responderse en este caso y apunta a Contraloría como el órgano que deberá resolver la controversia.

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Durante esta mañana, el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, confirmó que su cartera ya recibió los datos personales de todas las personas que retiraron el 10% de sus ahorros previsionales.

En diálogo con Cooperativa, el secretario de Estado reiteró que la información fue utilizada con “fines estadísticos” y administrada bajo “estrictos protocolos de seguridad”.

Además, puntualizó que su solicitud a la Superintendencia de Pensiones se ampara en el artículo 30 de la Ley 20.403, que data de noviembre del 2009, y que faculta a la subsecretaría de Hacienda a “acceder a lo contenido en el sistema de información de datos previsiones”.

Dicho artículo establece que desde esa cartera se pueden “requerir los datos personales y la información asociada al ámbito previsional que posean otros organismos públicos, los que estarán obligados a proporcionarlos. En tal caso, el tratamiento y uso de los datos personales que efectúen los organismos antes mencionados, quedarán dentro del ámbito de control y fiscalización de dichos servicios”.

Además, subraya que los organismos públicos que realicen esta solicitud “deberán guardar absoluta reserva y secreto de la información de que tomen conocimiento y abstenerse de usar dicha información en beneficio propio o de terceros”. De hecho, cualquier infracción en este ítem es considerada una vulneración grave al “principio de probidad administrativa”.

LAS DUDAS DE DATOS PROTEGIDOS

La explicación de Briones no termina por convencer a la Fundación Datos Protegidos. En diálogo con The Clinic, su directora Jessica Matus, explica que el marco regulatorio del uso de datos personales por parte de organismos públicos está regido por la Ley 19.628.

En su artículo 20, se establece que dicho tratamiento no necesitará el consentimiento del titular, sin embargo, subraya que “sólo podrá efectuarse respecto de las materias de su competencia y con sujeción a las reglas precedentes”.

“Ningún organismo podría tratar información fuera de su ámbito de competencia porque eso vulneraría el principio de reserva legal. Sólo podrían hacer lo que la ley les permite hacer. En este caso, son datos nominativos, que identifican a personas. Si el Ministerio requería la información para efectos estadísticos, lo lógico es que la Superintendencia de Pensiones haya entregado la información de manera estadística. Ahora que ya entregó la información, la Contraloría se tendrá que pronunciar en relación a la legalidad de esntrega de información”, subrayó.

Otra de las dudas es que el ministro se haya amparado en la Ley 20.403, que es una normativa que regula el reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público. Matus explica que eventualmente “uno no podría interpretar, en virtud del artículo 30 de esa norma, que el Ministerio de Hacienda tiene facultades generales para solicitar información relativa a pensiones, o la información específica que solicitó a la Superintendencia”.

“Yo creo que no corresponde la entrega de una base de datos nominada. Cuando son datos estadísticos son anonimizados, es decir, no afecta la protección de los datos porque no se puede identificar a una persona determinada. Pero en este caso sí, son bases de datos nominadas”, añade.

Para Matus, lo que está en cuestionamiento es saber “qué facultades tiene Hacienda para acceder a bases de datos nominativas de personas que retiraron el 10%, porque corresponde a datos de fondos individuales privados, no es información pública. Ese análisis le corresponde a Contraloría, ellos deberán determinar si fue un acto ilegal o no”.

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