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4 de Junio de 2021

San Ramón: ¿Por qué no habrá repetición de las elecciones a gobernador y constituyentes?

Foto: Agencia UNO

Hay dos razones para que el TER estableciera que sólo se repetirán las elecciones a alcaldes y concejales en esta comuna.

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Esta semana, el Segundo Tribunal Electoral de la Región Metropolitana (TER) resolvió repetir la elección en 65 mesas de la comuna de San Ramón, por vicios e irregularidades durante el proceso que se llevó a cabo los días 15 y 16 de mayo.

El actual alcalde y candidato a la reelección, Miguel Ángel Aguilera, anunció que este viernes apelará a la decisión de repetir los comicios para que se respete “la voluntad popular y el ejercicio democrático” que se llevó a cabo en la comuna.

Entre los argumentos expresados por el edil, quien el próximo 21 de junio será formalizado por enriquecimiento ilícito, cohecho y lavado de dinero, está el hecho de que el TER ordenó “repetir los votos de alcalde y concejal, sin embargo, no ordena repetir los votos de gobernador y constituyentes, cuando es la misma persona la que vota”, lo que calificó de “insólito”.

¿Por qué el TER tomó esta decisión? Una de las razones tiene que ver con que el requerimiento presentado por los candidatos Gustavo Toro (DC), David Cabedo (RN), Miguel Pino y Genaro Balladares (independientes), el que sólo reclamaba contra las elecciones municipales, es decir, de alcaldes y concejales.

El abogado Jorge Barrera, académico de la U. de Chile y la U. San Sebastián, explica que “aunque se celebren el mismo día, las cuatro son elecciones distintas. Esto quiere decir que, para que exista una resolución anulatoria de las otras dos elecciones, a constituyentes y gobernadores, había que impugnarlas, y eso no ocurrió. La competencia del tribunal se fija por el reclamo, es decir, el tribunal sólo se puede pronunciar sobre las elecciones que han sido reclamadas”.

Pero también hay una segunda razón. Según Barrera, “para conceder la nulidad de una elección se debe producir algo muy particular, y es que la diferencia producida en virtud de la rectificación o la nulidad, debe ser tal que produciría la elección de un candidato distinto”.

Así lo establece el artículo 105 de la Ley 18.700, donde se detalla que las reclamaciones de nulidad de una elección “sólo procederán si los mismos hubieren dado lugar a la elección de un candidato o de una opción distinta de las que habrían resultado si la manifestación de la voluntad electoral hubiere estado libre del vicio alegado”.

En ese sentido, Barrera señala que este escenario posiblemente no se podría dar en las elección de gobernadores y constituyentes, ya que cuentan con padrones electorales mucho más grandes (la Región Metropolitana y el Distrito 13, respectivamente) “por lo que uno supondría que, aunque lo hubiesen reclamado, la nulidad no se habría concedido en esos casos”, subraya.

Según los datos del Servel, Aguilera obtuvo en la última elección 8.342 votos (23.98%), unos 749 sufragios más que su principal contrincante, el demócrata cristiano Gustavo Toro, quien registró una adhesión de 7.593 votos (21.83%). La distancia es aún mayor con Miguel Ángel Bustamante del Frente Amplio, quien no adhirió al requerimiento y sacó el tercer lugar con 6.459 votos (18.57%).

En cambio, la diferencia matemática más estrecha que pudo haber cambiado el resultado de la elección a gobernadores regionales fue la que hubo entre Karina Oliva (FA) y Nathalie Joignant (PEV), sin embargo, la dicha distancia asciende a casi 200 mil votos.

Por otro lado, en las elecciones a constituyentes, la lista de Apruebo Dignidad le sacó más de 7 mil votos de ventaja a Vamos por Chile en el Distrito 13. No obstante, por el método D’Hondt, para evitar que la Lista del Pueblo integrara dos candidatos, a la derecha le faltaron sólo 304 sufragios, por lo que también se pudo haber impugnado.

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