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Política

7 de Diciembre de 2022

“No es necesario, deseable ni prudente”: tres abogados constitucionalistas critican derecho a voto de expertos designados para proceso constituyente

Agencia UNO

En las negociaciones por un nuevo Proceso Constituyente la idea de que los expertos participen con derecho a voto en un eventual órgano redactor de una nueva Constitución, es un criterio que genera cierto consenso entre el oficialismo y la oposición.. Aquí abordamos esta facultad que tendrían los especialistas y quiénes califican en este concepto con tres reconocidos abogados constitucionalistas que, dicho sea de paso, coinciden en la necesidad de validez democrática en una futura convención: José Francisco García, Javier Couso y Tomás Jordán.

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Las negociaciones por una nueva Constitución se encuentran en una semana clave y el punto de inflexión en las negociaciones sigue siendo la participación y el rol que tendrán los expertos en un eventual órgano encargado de elaborar una nueva Carta Fundamental..

De hecho, según afirmó a The Clinic el presidente de RN, senador Francisco Chahuán, respecto a sus interlocutores oficialistas, “nos dieron el punto de que los expertos deben tener derecho a voto”. Así, la participación de estos en el proceso de redacción de la nueva Carta Magna sería prácticamente un hecho objetivo.

Sin embargo, hasta ahora no se ha detallado qué entienden los partidos por el concepto de “expertos”, quienes serían designados por las bancadas con representación -proporcional- en el Congreso y que desde el oficialismo demandan que estos sean ratificados posteriormente por la ciudadanía a través de las urnas.

Por lo mismo, The Clinic contactó a tres abogados especializados en derecho constitucional para abordar un concepto que se les atribuyen a expertos como lo son precisamente ellos, y cuál sería el mejor rol que podrían tener dentro de un órgano constituyente.

José Francisco García: “Veo el derecho a voto más bien como un problema que como una ventaja”

Para el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Católica y miembro de la comisión técnica que redactó el proyecto de reforma constitucional que implementó el Acuerdo del 15 Noviembre 2019, José Francisco García, la definición de expertos a la hora de redactar una Constitución es bastante amplia, pero se puede acotar su alcance.

En ese sentido, García reconoce que “la creciente complejidad de los temas regulados” por Constituciones actuales, “requiere interdisciplinariedad”. Entre esos temas, incluye “desarrollo sustentable y medioambiente, responsabilidad fiscal, multiculturalidad, nuevos derechos como los digitales o neuro derechos”, precisa.

De todos modos, el también Doctor en Derecho de la Universidad de Chicago, explica que “dada su naturaleza de ley fundamental, la búsqueda de un texto jurídico técnicamente coherente”, la redacción del nuevo texto “supone una experticia específica y central que es legal-constitucional, de abogados especialistas”.

“No me parece necesario, deseable ni prudente que los expertos tengan derecho a voto. Una cosa es un proceso mixto y una muy diferente es un órgano constituyente mixto con componentes no democráticos”, dice José Francisco García

Respecto de la participación directa de expertos en la redacción de una futura Constitución, García sentencia: “no me parece necesario, deseable ni prudente que los expertos tengan derecho a voto”.

“Una cosa es un proceso mixto y una muy diferente es un órgano constituyente mixto con componentes no democráticos”, argumenta. A esto agrega que el órgano “debiera tener 100% de legitimidad democrática” y lo ejemplifica con otras autoridades electa por sufragio popular como “alcaldes o concejales, o ciudadanos electos al azar”.

García estima este derecho a voto que se le otorgarían a los expertos “más bien como un problema que como una ventaja. Podría generar distancia más que encuentro, separar ambos mundos”.

Un criterio que ha acompañado el debate por el rol de los expertos es su presunta neutralidad profesional a la hora de elaborar un texto constitucional. Sin embargo, García descarta este criterio. “Existen técnicas y arreglos para buscar maximizar que los expertos actúen con la mayor imparcialidad posible, pero tener voto se opone a todo eso”, afirma el académico

Y en esta misma línea, sugiere a los partidos incumbentes: “Es deseable grados altos de autonomía de la política, y que no sean políticos, analistas o tuiteros disfrazados de expertos mandatados por los partidos que los designan para cumplir órdenes”.

Javier Couso: “El problema de la Convención es que tuvo muy pocos expertos en política”

En tanto, el abogado constitucionalista y académico de la Universidad Diego Portales, Javier Couso (DC), hace un recordatorio no menor: en la Convención Constitucional también habían expertos.

Así, el abogado utiliza un ejemplo práctico. “En un proceso de elaborar la Constitución política, la neutralidad de los expertos es casi inexistente para estos efectos. Como ejemplo, Christian Viera y Constanza Hube eran considerados expertos en Derecho Constitucional, y ambos votaron de forma diametralmente distinta”, ilustra.

“El problema de la Convención es que tuvo muy pocos expertos en política, porque ese órgano tenía muchos expertos”, sentencia Javier Couso

A modo de contrapunto, Couso sostiene que “el problema de la Convención es que tuvo muy pocos expertos en política, porque ese órgano tenía muchos expertos”. 

El académico de la UDP aborda también la idea de expertos designados con derecho a voto en una futura convención. “Los especialistas suelen decir lo que la disciplina que cultivan ha detectado, pero no son buenos para tomar decisiones. Las constituciones son pactos políticos y los expertos suelen tener posiciones distintas entre ellos. De ahí la necesidad de que tengan legitimidad democrática”, argumenta.

Respecto del perfil que deben tener los expertos en un eventual órgano constituyente, Couso asegura que “no sería raro que la mayoría fuesen especialistas en Derecho Constitucional, pero un órgano de este tipo se privaría de un gran aporte si no tuviese sociólogos, cientistas políticos, juristas en general especializados en derecho ambiental, por poner un ejemplo”.

Tomás Jordán: “Es importante que los expertos tengan validez democrática”

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado, Tomás Jordán (DC) identifica tres tipos de expertos.

“Hay expertos académicos, cuyo conocimiento es adquirido en base a una carrera académica. También hay expertos en políticas públicas y diseño institucional, que también pueden estar relacionados con la academia. Por último, hay expertos en terreno, que son los que asesoran ya sea a parlamentarios, convencionales u otros”, explica. 

Respecto de quiénes califican en calidad de expertos y ser protagonistas en un Proceso Constituyente, el constitucionalista afirma que “la expertise requerida debe ser en el ámbito de lo constitucional, no en Derecho Constitucional necesariamente. Ahí califica también la Ciencia Política, la sociología política y todos aquellos que hayan estudiado los procesos y cambios constitucionales”.

“El modelo de experto con derecho a voto es más complejo en comparación con que un grupo de expertos propongan una especie de anteproyecto constitucional”, comenta Tomás Jordán.

De todos modos, Jordán no está alineado con la idea de que los expertos tengan derecho a  voto: “La diferencia entre un experto y un político está en el origen del mandato. El político o técnico que postula a un cargo, como (Jaime )Bassa y (Fernando) Atria, tienen un mandato popular y van a representar posiciones políticas. Lo que pasa es que usan la técnica como instrumento”, comenta.

Sobre esto, el abogado constitucionalista complementa que “el modelo de experto con derecho a voto es más complejo en comparación con que un grupo de expertos propongan una especie de anteproyecto constitucional. Por eso es importante que los expertos puedan ser ratificados para que tengan una validez democrática”, asevera. 

“Lo ideal es que su aproximación a la política sea desde su expertise técnica”, finaliza.


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