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2 de Septiembre de 2025Corte Suprema revoca fallo y ordena expulsión de ciudadano colombiano que ingresó a Chile por un paso no habilitado
La Corte Suprema ordenó la expulsión de un ciudadano colombiano tras haber ingresado a Chile a través de un paso no habilitado en octubre de 2021. Luego de entrar al país, el hombre se autodenunció ante la Policía de Investigaciones.
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La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valdivia y ordenó la expulsión de un ciudadano colombiano que ingresó a Chile por un paso no habilitado en octubre de 2021.
El hombre interpuso un reclamo de ilegalidad en contra del Servicio Nacional de Migraciones y expuso que, luego de ingresar al país por un paso irregular, se autodenunció ante la Policía de Investigaciones (PDI). El ciudadano extranjero sostuvo que no lo notificaron debidamente de su expulsión y no pudo formular sus descargos. En la sentencia de la Corte de Apelaciones se explica que la medida no considera su arraigo familiar, ya que sus dos hijas cuentan con residencia temporal.
Por su parte, el Servicio Nacional de Migraciones sostuvo que el hombre reconoció haber ingresado al país por un paso no habilitado y que eludió el control respectivo. Además, aseguró que el ciudadano colombiano fue notificado del proceso sancionatorio en su contra a través del correo electrónico que él mismo proporcionó.
Las resoluciones de los tribunales
La Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso interpuesto por el ciudadano colombiano, al estimar que no constaba la recepción del correo electrónico que lo notificaba del proceso administrativo en su contra.
Sin embargo, la Corte Suprema revocó dicha decisión, al considerar que su ingreso por un paso no habilitado era una infracción de carácter grave. En esa misma línea, el máximo Tribunal sostuvo que el arraigo familiar alegado por el hombre no impide aplicar la ley, ya que las hijas menores de edad también son extranjeras y cuentan con residencia temporal.
Además, el máximo Tribunal estableció que el Servicio Nacional de Migraciones cumplió con notificar al ciudadano extranjero del proceso administrativo a través del correo que él mismo entregó para dichos efectos. Por último, la Corte Suprema sostuvo que su arraigo laboral carece de relevancia jurídica, ya que el hombre no contaba con autorización legal para trabajar.



