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Opinión

2 de Junio de 2022

Art. 1° de la Constitución: ¿cuál gana?

Ejercitemos con un juego que estimule la vigorosidad mental: Tomemos el artículo 1º de la Constitución actual y comparémoslo con el que conocemos de la nueva Constitución. Y asumamos, hipotéticamente que, tras ser conocidos y sopesados, tenemos que decidir la partida: ir por el apruebo o el rechazo; ¿cuál gana?

Diana Aurenque Stephan
Diana Aurenque Stephan
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En casi un mes más, se le entregará al presidente Gabriel Boric la propuesta final de nueva Constitución. Sólo un mes; pero, también, todo un mes. Mientras ¿qué hacemos?, ¿nos atrincheramos?, ¿esperamos? Esperar leer la propuesta suena razonable. Pero ¿será lo razonable realidad? ¿si se lee tan poco?

Convenga entonces entrenar la lectura y la deliberación. Ejercitemos con un juego absurdo que estimule la vigorosidad mental: Tomemos el artículo 1º de la Constitución actual (Ca) y comparémoslo con el que conocemos de la nueva Constitución (Cn). Y asumamos, hipotéticamente que, tras ser conocidos y sopesados, tenemos que decidir la partida: ir por el apruebo o el rechazo ¿cuál gana?

La Ca comienza: “Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”. Esta es una declaración ético-política fundamental, concordante con el art. 1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (“Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos…”). Pero en Chile, eso bello declarado no se volvió realidad. Porque aquí se nace pobre, rico o entre medio; y con la dignidad y los derechos pasa lo mismo: uno es pobre, rico o medio sujeto de derechos; también apenas, excesivamente o medianamente digno.

Pero en Chile, eso bello declarado no se volvió realidad. Porque aquí se nace pobre, rico o entre medio; y con la dignidad y los derechos pasa lo mismo: uno es pobre, rico o medio sujeto de derechos; también apenas, excesivamente o medianamente digno.

A diferencia de esta última, la Cn no parte por las personas, sino por el Estado: “Chile es un Estado social y democrático de derecho. Es plurinacional, intercultural y ecológico.” ¿No importan las personas? Al contrario, importan más, porque antes de referirse a derechos o dignidades individuales, inicia con una visión de Estado “social” -concepto alemán pariente de la idea anglosajona de “Estado de bienestar” o “benefactor”-; uno que busca ofrecer garantías sociales mínimas de dignidad y seguridad para todos sus miembros -resaltando la existencia de pueblos originarios como naciones que integran al Estado, diversidades culturales y el medio ambiente.

En la Cn el Estado no se articula ni en torno a la cultura chilena ni en torno a “(l)a familia” como “núcleo fundamental de la sociedad” – como dice la Ca. Descentrar a la familia, no es negarla, sino amplificar el hogar. Porque para la Cn la “casa” es más grande, es una relacionada con la ecología (oikos, de donde surge la palabra “ecología”, significa eso en griego, casa), es decir, con el entramado de vínculos entre diversos seres vivos -no solo los animales humanos- con su entorno. Por ello, el Estado ya no se pone “al servicio de la persona humana”, como en la Ca, sino que reconoce como “valores intrínsecos e irrenunciables la dignidad, la libertad, la igualdad sustantiva de los seres humanos”, pero no como individuos aislados, sino en “su relación indisoluble con la naturaleza”; no sin género, sino con una “democracia (…) paritaria”.

En la Ca la “finalidad” del Estado “es promover el bien común”, y “debe contribuir a crear las condiciones sociales” para la “mayor realización espiritual y material posible” a “todos y a cada uno de los integrantes” de la nación. Un artículo que, sin duda, permitió un evidente y creciente desarrollo material -pero no a “todos y a cada uno”, sino a una minoría. Por ejemplo, al 10% más rico que tiene un ingreso 27 veces mayor al 10% más pobre.

En la Cn, el Estado tiene como fundamento la “protección y garantía de los derechos humanos individuales y colectivos”, “debe generar las condiciones necesarias”, y “proveer los bienes y servicios para asegurar el igual goce de los derechos y la integración de las personas en la vida política, económica, social y cultural para su pleno desarrollo.” El Estado, a diferencia de la Ca, no “debe contribuir”, es decir, no se trata de bonos o donativos; el Estado no ayuda a aumentar el capital cultural o material del individuo, sino que está ahí para “generar” y “proveer” protecciones sociales que permitan que seamos efectivamente, y no declarativamente, sujetos de derechos.

En la nueva Constitución, el Estado no se articula ni en torno a la cultura chilena ni en torno a “(l)a familia” como “núcleo fundamental de la sociedad” – como dice la Constitución actual. Descentrar a la familia, no es negarla, sino amplificar el hogar. Porque para la nueva Constitución, la “casa” es más grande, es una relacionada con la ecología (oikos, de donde surge la palabra “ecología”, significa eso en griego, casa); es decir, con el entramado de vínculos entre diversos seres vivos -no solo los animales humanos- con su entorno.

La partida finaliza, ¿tienen sus favoritos? ¿apruebo o rechazo? No hay espacio para indecisos -ni aquí, ni después. Porque, aunque el juego parezca loco, la realidad operará con esta misma lógica y tendremos que decidir: entre atreverse a aprobar un cambio estructural en el país; o validar indirectamente lo que nos trajo hasta aquí y rechazar. Como sea tendremos que jugar, y saber ganar o perder; pero también comprender lo realmente absurdo que no está en este juego: que empatar también puede ser perder.

*Diana Aurenque es filósofa. Directora del Departamento de Filosofía, USACH.

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