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Mapa Constituyente

1 de Agosto de 2022

Derechos del agua en Mapa Constituyente: lo que dice la propuesta de Nueva Constitución

Agencia Uno

En una alianza de Ladera Sur, The Clinic, Súbela y Mi Voz, llega Mapa Constituyente, un programa de entrevistas donde te ayudamos a entender mejor las temáticas más relevantes del texto final de la Nueva Constitución. En esta entrega de Mapa Constituyente, conversamos sobre lo que quedó finalmente en el texto emanado desde la Convención respecto de los derechos del agua.

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Uno de los temas que más controversia causó en la discusión constitucional fue la institucionalidad en torno al agua. En medio de una crisis hídrica, cómo se abordarán estos recursos se volvió un punto muy relevante dentro del texto. Con este cambio de concepción, en esta entrega de Mapa Constituyente quisimos revisar cómo quedaron los derechos de agua en la propuesta de Nueva Constitución.

De cara al Plebiscito de Salida, que se llevará a cabo el 4 de septiembre y cuya participación será obligatoria, nuestro objetivo es poner sobre la mesa algunas herramientas para que emitas tu voto informado. En este caso, sobre cómo aborda la propuesta de texto constitucional el tema de los recursos hídricos.

Macarena Lescornez, directora de The Clinic, y José María del Pino, editor de Súbela Radio, conversaron en este capítulo con la química ambiental Ulrike Broschek, subgerenta de sustentabilidad de Fundación Chile y líder de Escenarios Hídricos 2030. La química conversó con Teresa Zañartu, asesora legal del Programa de Estudios Constitucionales de la Fundación Jaime Guzmán y especialista en recursos naturales.

Cómo cambia la concepción de los derechos de agua

Como explicó Ulrike Broschek, en nuestra actual legislación el agua “es un bien nacional de uso público. Pero, es un bien de propiedad, que otorga a quienes reciben derechos de aprovechamiento de agua el uso y goce” de dichas garantías.

Esto cambia, de acuerdo a la experta, en la propuesta de nueva Constitución. El recurso pasa a ser un bien común y, además, los derechos de aprovechamiento cambian por “un permiso de autorización de uso de agua, que no es comercializable”. A esto, se suman una serie de artículos que generan “un cambio de paradigma” en torno a este tema, dice Broschek.

Para Teresa Zañartu, un punto importante es que “miles de personas, hasta grandes empresas, son propietarios de derechos de agua. Es una distinción complicada de entender, como bien de uso público y un derecho sobre el cual hay propiedad”.

La abogada sumó que esta nueva regulación de agua “aplicaría a los derechos de aprovechamiento de agua que vienen a futuro”. Además, explicó que esto “hay que conjugarlo con la reforma al Código de Aguas, que salió hace muy poco y que afecta más que la Constitución a los derechos de aprovechamiento”.

Otro punto importante, de acuerdo a la asesora legal, es que esta regulación afectaría principalmente al sur de Chile. Esto, ya que muchas “de las cuencas actuales de la zona norte hacia la zona centro están agotadas. No se otorgan, al menos, derechos permanentes”.

Nuevas atribuciones, más flexibilidad

Uno de los temas que debatieron las expertas en esta versión de Mapa Constituyente dedicada a los derechos del agua estuvo en torno a las mayores atribuciones que tendrán las autoridades en la materia.

En palabras de Broschek, se habla “de regular el ejercicio y entregarle más atribuciones a la autoridad” para “regular, caducar y derogar el uso del recurso”. Así, explicó que en Chile ya “tenemos una variabilidad en la disponibilidad hídrica natural, dada por fluctuaciones importantes por el cambio climático”.

La química ambiental señaló que, de esta manera, “se necesita tener cierta flexibilidad en el ejercicio del uso, porque el agua no es fija en el tiempo, no tenemos siempre el mismo volumen. Tiene que existir certeza por un lado, con reglas claras, pero tiene que haber flexibilidad en el ejercicio del uso, y eso se está dando”.

Zañartu se mostró de acuerdo con las críticas de algunas personas en torno a la inseguridad que genera el texto constitucional en materias de agua. Sobre todo, en el caso de los futuros titulares de los derechos de aprovechamiento, principalmente por “la comparación de la actual Constitución y la propuesta”.

Además, explicó que “hay un choque de competencias o competencias vagas sobre la regulación del agua. Se le deja al Gobierno regional la regulación del agua, pero en otro capítulo se dice que la Agencia Nacional del Agua es la que está encargada de manejar” estos recursos.

“En la práctica, como esto es nuevo, puede causar una incerteza al titular (sobre) a quién le tiene que hacer caso. El otro punto, que tiene la constitución actual, es que hoy el derecho al aprovechamiento está protegido por la garantía que protege la propiedad”, agregó la abogada. Esto no ocurriría con el nuevo texto.

La nueva institucionalidad del agua

Dentro de las materias que Broschek y Zañartu discutieron en Mapa Constituyente estuvo la nueva institucionalidad para abordar los derechos del agua.

Por ejemplo, esta idea contiene la creación de la Agencia Nacional del Agua. Este órgano autónomo estaría encargado de “asegurar el uso sostenible del agua para las generaciones presentes y futuras, el acceso al derecho humano al agua y al saneamiento, y la conservación y preservación de sus ecosistemas asociados”.

Para Broschek, la creación de esta institucionalidad hídrica responde a “uno de los problemas más importantes que tenemos a nivel territorial: la falta de un liderazgo claro y la falta de gobernanzas locales descentralizadas”. Para la experta hídrica, esta agencia viene “con un apoyo transversal de todos los sectores” y su creación “fue aprobada en amplia mayoría”.

La Agencia Nacional del Agua nacería con la idea de que sea una institución sólida que permita “coordinar y liderar la gestión de los recursos hídricos a nivel nacional”, explicó. Esto, “de manera autónoma, técnicamente robusta y con capacidades desconcentradas, considerando la cuenca como la unidad de base”.

“Este es un modelo que nosotros conocemos ampliamente a nivel mundial, que es bastante exitoso y que Chile se había ido quedando muy atrás”, sostuvo la química ambiental. La idea, homologándolo a otro ámbito, es que esta agencia funcione como el Banco Central, dice Broschek, guardando las distancias.

Para Zañartu, esta agencia es muy importante, ya que “es una versión mejorada de la Dirección General de Aguas actual. Esta tiene legislativamente mucho poder, otorga los derechos de aprovechamiento de agua, fiscaliza, sanciona… Pero, a la vez, pareciera que no hace mucho”.

“Que haya un organismo fuerte, técnico además, con la suficiente importancia y suficiente independencia, y que tenga una bajada en las regiones, es clave”, sostuvo la asesora legal de la Fundación Jaime Guzmán.

¿Sólo agua dulce y líquida?

En Chile la desalación de agua de mar ya alcanza el 1% del agua potable. Por eso, una duda que se planteó durante el debate en Mapa Constituyente fue si esta queda bajo la protección de los derechos de agua.

Según explicó Broschek, en la propuesta se habla “del ciclo hidrológico, que toma en cuenta toda el agua dulce, pero que desemboca en el mar”. De esta manera, “el ámbito tiene que ser completo. Cuando nosotros tomamos aguas desaladas y las incorporamos, pasan a ser parte del agua dulce dentro de la cuenca y debiesen ser consideradas”.

En ese sentido, “si hacemos la incorporación de nuevas fuentes de agua, debemos incorporar (el agua desalada) porque pasa a ser parte del ciclo hidrológico de los territorios”. Dice que lo mismo pasaría con los glaciares, por ejemplo, aunque estos están además protegidos por sus propios artículos.

¿Qué primará al usar el agua?

El último tema que surgió en Mapa Constituyente fue sobre la jerarquía en el uso de este recurso frente a los derechos de agua. De hecho, uno de los puntos que más se destacó en la discusión dentro de la Convención fue la priorización del uso humano.

Como expuso Broschek, la prioridad de uso debe estar en el uso humano y en los caudales ecológicos para sostener los ecosistemas del país. “Luego, en cada territorio, se tiene que ir viendo cuál es la prioridad de uso de los otros sectores. Eso va a tener que ser según vocación productiva, vocación de desarrollo (…). Me parece una tarea muy importante”.

De acuerdo con Zañartu, la preocupación es que, si bien la priorización del uso humano es esencial, “se supedita la seguridad alimentaria (a la ley), toda la producción agroindustrial, que necesitamos para alimentar a la gente”. Además, sostuvo que tampoco queda claro en el texto qué queda primero, si el uso humano o los caudales ecológicos.

Broschek remató asegurando que “sin caudales naturales de agua, con caudales ecológicos mínimos para sostenerlos, no vamos a tener agua ni para consumo humano ni para ninguna otra actividad”.

Mapa Constituyente es una alianza de The Clinic con Mi Voz, Súbela y Ladera Sur, donde entregamos contenidos que nos permitan navegar por los debates que ha generado la propuesta de Nueva Constitución.

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