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18 de Mayo de 2022

“Nuestro voto es importante”: El inédito proceso para que presos y presas puedan sufragar en el plebiscito constitucional

En Chile, la Constitución establece que las personas privadas de libertad, bajo ciertas condiciones, mantienen habilitado su derecho al sufragio. Sin embargo, en la práctica, este grupo -que hoy supera los 7.000 personas- históricamente no ha logrado acceder a las urnas. Ahora, para el plebiscito del 4 de septiembre, y tras un proceso complejo que involucró a múltiples actores, el panorama cambió: el Servel instalará mesas de votación en distintos centros penitenciarios del país.

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“Estamos privados de libertad, pero tenemos todos los derechos para votar”. Lo dice Juana*, presa del módulo 81 del Complejo Penitenciario de Rancagua, quien tiene la película clara: en Chile, estar en la cárcel no es sinónimo de perder el derecho a sufragio.

La Constitución de 1980 establece que los ciudadanos ven su derecho a voto suspendido cuando la persona es condenada a pena aflictiva -es decir, más de tres años y un día de reclusión- o si es acusada de un delito terrorista. Por lo mismo, aquellos que cargan condenas que no califican en estas categorías, así como quienes se encuentran en prisión preventiva en calidad de imputados, mantienen su derecho a voto vigente.

De acuerdo con la información entregada por el Ministerio de Justicia -actualizada a la segunda semana de mayo de 2022-, actualmente 7.176 personas privadas de libertad están habilitadas para sufragar. Juana es una de ellas: se encuentra presa, en calidad de imputada, por un delito que no conlleva (en caso de ser condenada) una pena aflictiva.

Pero una cosa es lo que dice la Constitución, y otra es lo que sucede en la práctica. Las trabas logísticas y legales, sumadas a la falta de voluntad política, han mantenido por décadas a este numeroso grupo de ciudadanos apartado de las urnas. Al menos hasta ahora.

Un debate de larga data

En un proceso inédito, que ha supuesto la coordinación del Servel, Gendarmería y el Ministerio de Justicia, las autoridades emprendieron una serie de acciones para que los presos y presas de Chile, habilitados para sufragar, emitan su voto en el plebiscito del próximo 4 de septiembre, cuando se aprobará o rechazará la nueva Carta Magna propuesta por la Convención Constituyente.

El camino para llegar a este punto ha sido extenso, involucrando a múltiples actores. Para Rodrigo Villegas, de la Fundación Proyecto Reinserción, y que venía hace años luchando por el derecho a votar de las personas privadas de libertad, el rol de las organizaciones de la sociedad civil fue clave para impulsar el tema en la agenda pública. De hecho, asegura que “esto partió con los recursos de protección levantados desde diversas vías por organizaciones como el Instituto de Derechos Humanos (INDH), la Asociación de Pensamiento Penal (APP Chile), y la ONG LEASUR, entre otras”.

De acuerdo con la información entregada por el Ministerio de Justicia -actualizada a la segunda semana de mayo de 2022-, actualmente 7.176 personas privadas de libertad están habilitadas para sufragar.

Rodrigo se refiere a tres recursos de protección, acogidos por la Corte Suprema en 2016, 2017 y 2021, en defensa de los reclusos que mantienen habilitado su derecho a sufragar. La sentencia que dictaminó el máximo tribunal en noviembre de 2021, por el recurso más reciente, ordenó a Gendarmería y al Servel a tomar “todas las medidas necesarias” para que 147 internos del Centro de Cumplimientos Penitenciario Colina II puedan votar.

No obstante, el Servel respondió en un comunicado que, debido a las leyes 18.556 de Inscripciones Electorales, y 18.700 de Votaciones y Escrutinios, las personas privadas de libertad eran asignadas a mesas fuera sus centros de reclusión.

“Servel no impide el voto de los privados de libertad. Es el procedimiento legal el que obliga la concurrencia de estos electores al local y mesa de votación que les corresponde. Gendarmería, por su parte, no puede efectuar los traslados en condiciones de seguridad”, exponía el documento. La explicación era similar a la que habían dado tras los recursos anteriores. Una vez más, las negociaciones quedaron en un punto muerto.

La ley que abrió la puerta

“El problema de estos fallos es que Gendarmería y el Servel nunca los acataron directamente”, dice Antonella Oberti, directora de incidencia de Red Acción Carcelaria. Eso llevó a que las organizaciones de la sociedad civil estudiaran otros mecanismos para que los reclusos pudiesen sufragar, como el voto postal anticipado.

En la experiencia internacional, países como España han implementado el voto por correo en las cárceles, mientras que en Australia ofrecen una doble modalidad: el voto postal, o el voto en la cárcel misma, gracias a equipos del servicio electoral que trasladan urnas móviles.

En Chile existe un proyecto de ley para permitir el voto anticipado en las elecciones. Originalmente, en él se incluía a las personas privadas de libertad habilitadas para sufragar, pero el gobierno de Sebastián Piñera los sacó de la fórmula, ingresando una indicación sustitutiva en enero de 2021. Hasta hoy, el proyecto está paralizado en el Congreso, comenta Antonella.

Las opciones que iban quedando eran dos: instalar mesas electorales en los centros penitenciarios -como lo hacen Ecuador y Argentina, entre otros países- o trasladar a los reos a los locales de votación -el caso de Costa Rica-.

Finalmente, la solución vino de la mano de la Ley 21.488, aprobada por el Congreso el 19 de abril de 2022. El texto supone una reforma constitucional para la aplicación de la Ley 21.385 en el plebiscito del 4 de septiembre, que privilegia la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación.

“La Ley 21.385 eliminó o modificó una serie de artículos de la ley de inscripciones electorales, que obligaban a asignar a los electores a una mesa de votación de la circunscripción, bajo un procedimiento estricto en función del RUN y posteriormente asignar la mesa con todos sus electores a un local de votación”, explican desde el Servel a The Clinic.

“Esta era la principal traba legal que el Servel tenía para tomar medidas, dentro de la ley, para facilitar el voto de las personas privadas de libertad y cumplir así fallo de la Corte Suprema, en orden a tomar medidas necesarias dentro de plazos legales para facilitar el voto”, agregan.

Así, “se consideró que, si las personas privadas de libertad modificaban su domicilio electoral, señalando el domicilio del recinto penitenciario como domicilio electoral, Servel posteriormente podía determinar la instalación de una mesa o más de votación en dichos recintos”, afirman desde el organismo.

¿El siguiente paso? Concretar los cambios de domicilio de los presos que quieren votar.

Una carrera contra el tiempo

La Ley 21.488 fue promulgada el 25 de abril de 2022, y el plazo límite establecido por el Servel para el cambio de domicilio electoral, de cara al plebiscito, era el 1 de mayo. Eso se tradujo en una semana frenética para informar a las personas privadas de libertad acerca del nuevo mecanismo, y lograr que realizaran el trámite.

Antonella cuenta que desde el Ministerio de Justicia convocaron a las organizaciones de la sociedad civil para apoyar a Gendarmería en estas labores informativas. Principalmente porque, según explica, estos grupos tienen una mejor llegada con los reos que los funcionarios del Estado. En Red Acción Carcelaria, por ejemplo, visitaron 15 centros penitenciarios a lo largo del país para instar a las personas a cambiarse de domicilio.

En la experiencia internacional, países como España han implementado el voto por correo en las cárceles, mientras que en Australia ofrecen una doble modalidad: el voto postal, o el voto en la cárcel misma, gracias a equipos del servicio electoral que trasladan urnas móviles.

En tanto, personal del Servel concurrió los días 28 y 29 de abril a 21 recintos penales, para facilitar las gestiones. “En ese proceso se solicitaron 1.130 cambios de domicilios voluntarios”, afirma el Servel. Esa cifra representa un 15,7% del total (7.176) de personas privadas de libertad habilitadas para sufragar.

The Clinic solicitó al Servel, al Ministerio de Justicia y a Gendarmería un desglose por centro penitenciario que mostrase cuántos reclusos habían efectuado el cambio de domicilio, comparado con el total de la población penal con derecho a voto. Al cierre de este artículo, la información no había sido entregada, y desde el Servel se recomendó solicitar los datos vía Ley de Transparencia.

De todas formas, The Clinic logró acceder a una tabla del SEREMI de Justicia de la Región Metropolitana. En ella se observan los cambios de domicilio voluntarios de las personas privadas de libertad en las cárceles de Santiago. En siete recintos, 401 internos concretaron la diligencia, equivalente a un 10,5% del total de quienes estaban habilitados para votar.

“Nuestro voto es importante”: el inédito proceso para que los presos puedan sufragar en el plebiscito constitucional

Buscando explicaciones sobre el por qué estos porcentajes son bajos, Rodrigo Villegas apunta a que “el cambio de domicilio fue un proceso que se desarrolló sin los tiempos necesarios”, responsabilizando, en parte, a que el gobierno anterior “no dio prioridad a este tema”. “Lo que correspondía era haber hecho una campaña potente de formación ciudadana que acompañara este proceso, lo que no fue posible con los plazos que se nos convocó”, opina.

Rodrigo participa en la Red de Cabildos Penitenciarios, un conjunto de organizaciones sociales que entre febrero y marzo de este año visitó 38 cárceles de Chile, preguntándoles a los presos cuáles son sus anhelos para la nueva Constitución. Según comenta, en los cabildos apareció regularmente el derecho a voto como un asunto importante, aunque con menor relevancia que otros elementos más del “día a día”, como las condiciones de habitabilidad en los recintos, o el acceso a visitas familiares. “No es preciso afirmar que éste no es un tema de interés”, resume.

Basándose en sus conversaciones con reclusas, Antonella identifica la existencia de “reticencia a participar”, “desinterés” y “mucha desinformación”, que se fundamentan en distintos factores. Uno sería la desafección generalizada con la política, que se refrenda en los bajos niveles de participación electoral que usualmente se aprecian en los comicios chilenos. “También es un efecto de cuando uno le dice a alguien que no pertenece a la sociedad, y que la excluye una y otra vez. Esa persona también genera una respuesta muy humana, de tener cierta reticencia a participar, incluso cuando te invitan. Es muy doloroso de ver”, agrega.

“Hay mucha desconfianza hacia el Estado en general (…). Es una consecuencia más de cómo el Estado les ha fallado a las personas privadas de libertad, en muchos ámbitos: educación, salud, barrio. Eso se traduce, hasta cierto grado, en falta de interés en participar. Pero obviamente, también hay muchos y muchas que sí quieren participar, y que sí les parece un mínimo que les permitan votar, y están con mucha ilusión para el plebiscito de salida”, señala.

“Nuestro voto es importante”

Juana es una de las mujeres del Complejo Penitenciario de Rancagua que hizo el trámite para cambiar su domicilio electoral a la cárcel. “Para mí es muy importante el tener la posibilidad de votar. Porque nos toman en cuenta, a pesar de que estamos privadas de libertad”, dice, en referencia a lo que entiende es su derecho. “Me sentiría parte del proceso. Que nuestro voto es importante”.

Las palabras de Juana resuenan en el análisis de Olga Espinoza, académica del Instituto de Asuntos Públicos de la Universidad de Chile y coordinadora del magister en Criminología y Gestión de la Seguridad Ciudadana de la casa de estudios. “La ciudadanía está asociada a tener un estatuto de pertenencia a una comunidad, por lo tanto, también se refiere al hecho de interesarse en los asuntos de la ciudad, es decir, del bien común de todos los habitantes, de hacerse parte del debate público, no limitándose a participar a través del voto”, dice la abogada a The Clinic.

“Es por esto mismo que ejercer este derecho adquiere relevancia, pues permite el reconocimiento de la persona privada de libertad como sujeto de derechos, que puede tomar decisiones que afectarán su vida y la de su comunidad”, sostiene, para luego citar un artículo académico de 2018: “Despojar a la población penal de sus derechos políticos conlleva construir una cárcel en la que no existen miembros de una comunidad política, sino solo cuerpos en estado de naturaleza”.

Para Antonella Oberti, también es fundamental que las personas privadas de libertad voten por una razón práctica: “Cuando uno priva del derecho a sufragio a un grupo de personas, sea el que sea, esto genera automáticamente un efecto para quienes son los tomadores de decisiones, o para quienes son candidatos y candidatas a ser tomadores de decisiones, de generar un vacío de políticas públicas o de propuestas de políticas públicas para el mundo carcelario”. En síntesis, “si los presos y presas no votan, no hay ningún incentivo para que un tomador de decisiones mejore la realidad en que las y los presos habitan”.

Voluntad política

Más allá de las modificaciones legales que según el Servel abrieron la puerta a este hito, tanto Antonella como Rodrigo Villegas consideran que el renovado impulso de las autoridades fue producto del cambio de gobierno. “En ciertas instancias, se usaban argumentos técnicos para evadir la pregunta sobre la voluntad política, que era más bien si queremos o no que los presos voten”, reflexiona Antonella Oberti, fijándose en cómo se habían dado las conversaciones en el pasado.

Juana es una de las mujeres del Complejo Penitenciario de Rancagua que hizo el trámite para cambiar su domicilio electoral a la cárcel. “Para mí es muy importante el tener la posibilidad de votar. Porque nos toman en cuenta, a pesar de que estamos privadas de libertad”, dice, en referencia a lo que entiende es su derecho.

“Fue vital la firma del compromiso del Presidente Boric con la agenda de Voto Inclusivo, en el cual se visibilizan los problemas de acceso al voto desde múltiples grupos históricamente excluidos”, complementa Rodrigo Villegas. “Más allá de que se requieran cambios legislativos o no, es una cuestión de voluntad política, y esa voluntad política hoy día no ha existido en el Parlamento ni en el Ejecutivo. Esto es un problema de Estado”, aseveró el actual mandatario en plena campaña, en un evento organizado por Proyecto Reinserción y Red Acción Carcelaria, entre otras organizaciones.

Desde el Ministerio de Justicia reconocen que el tema estaba dentro de su agenda, y que éste “es un primer esfuerzo para hacer efectivo el derecho a sufragio de las personas privadas de libertad, lo que hasta ahora no había sido posible”.

Asimismo, en cuanto al logro, Antonella destaca la incidencia de las presiones ejercidas por la sociedad civil, sumado a que “hemos tenido tantas elecciones en los últimos dos años que el tema ha sido mucho más fácil de relevar, en el sentido de que es cada vez más atingente”. A eso agrega que “ayuda” el hecho de que “sea una elección en la que vamos a ratificar el texto fundamental”.

“Entendemos éste como un primer paso”

The Clinic consultó al Servel en qué recintos penitenciarios piensan instalar mesas el 4 de septiembre. En respuesta, dijeron que el organismo determinará los sitios “en los plazos legales y al mismo tiempo que se determine el padrón electoral definitivo”.

Un problema que tiene el sistema del cambio de domicilio electoral radica en que, en algunas cárceles, el número de presos registrados para sufragar no superan los 30, que es el mínimo que establece la ley para que se instale una mesa. The Clinic preguntó -vía sus canales oficiales- al Servel, a Gendarmería y al Ministerio de Justicia qué pasará con este tipo de casos. Ninguna de las instituciones se refirió directamente al tema.

No obstante, desde el Ministerio señalaron que “entendemos éste como un primer paso para poder llegar en futuras elecciones, a través de medios que permitan recoger las particularidades de esta población, al total de las personas que se encuentran privadas de libertad y se encuentran habilitadas para sufragar”.

Al tanto de esta situación, Antonella Oberti adelanta que Red Acción Carcelaria piensa presentar una acción legal para que las personas privadas de libertad en recintos penales con menos de 30 votantes sean trasladadas, por Gendarmería, a otros locales de votación.

“Vamos a estar generando presión para que esto (el derecho a voto de reclusos) no sea una cosa inédita y excepcional para el plebiscito de salida, si no que, a partir de esta primera experiencia el 4 de septiembre, se operativice de forma mucho más eficaz de lo que fue ahora”, cierra Antonella.

*Juana es un nombre ficticio. La reclusa del Centro Penitenciario de Rancagua solicitó condición de anonimato para hablar con The Clinic.

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